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Incidente Nº 4 - ACTOR: AMAT LACROIX, ESTEBAN Y OTROS AGRUPACION POLITICA: PARTIDO JUSTICIALISTA - NACIONAL s/RECURSO DE APELACIÓN

Impugnación de acto de autoridad partidaria por afiliados del Partido Justicialista - Nacional. La Cámara Nacional Electoral declaró la causa abstracta por haberse reconocido otras autoridades partidarias y listado mandatos de cuatro años, y se abstuvo de expedirse por pérdida de interés jurídico; ordenó registrar, notificar y devolver las actuaciones a primera instancia.

Impugnacion partidaria Perdida de objeto Interes juridico Deo Proclamacion de autoridades Mandatos cuatro anos Camara nacional electoral Devolucion a primera instancia Notificacion Salta


¿Quién es el actor?

Amat Lacroix, Esteban y otros (Galindez, Gaston Guillermo; Montero, Nancy Del Valle).

¿A quién se demanda?

Partido Justicialista
- Nacional.
- Objeto de la demanda: Impugnación de acto de órgano o autoridad partidaria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional Electoral consideró que, ante la comunicación del juzgado federal con competencia electoral de Salta y demás DEOs que informaron la proclamación de autoridades partidarias y el listado de mandatos con duración de cuatro años, "el objeto de la presente causa ha devenido abstracto, por lo que carece de interés jurídico actual expedirse al respecto", en consecuencia se resolvió no expedirse y ordenar: "Regístrese, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN). Oportunamente, devuélvanse estas actuaciones a primera instancia."
- Fundamentos principales (transcripción): "Que, sin perjuicio de las consideraciones que pudieran formularse acerca del particular trámite que se suscitó en autos, toda vez que -mediante DEO N° 24145974 (cf. fs. 1059)
- el juzgado federal con competencia electoral de Salta informa que “se tuvo por autoridades partidarias a las proclamadas por la junta electoral el 27 de julio del corriente”, al tiempo que hizo saber a este Tribunal -mediante DEOs N° 24170409 y 24190571 en el marco del Expte. N° CNE 17001434/1982
- “el listado de [aquellas] […] cuyos mandatos tienen una duración de cuatro (4) años”, el objeto de la presente causa ha devenido abstracto, por lo que carece de interés jurídico actual expedirse al respecto, lo que así se resuelve." "Regístrese, notifíquese, comuníquese al juzgado de origen y a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ac. 10/2025 CSJN). Oportunamente, devuélvanse estas actuaciones a primera instancia."
- Votos/participación: Firma la resolución el señor Juez de Cámara Daniel Bejas. Se deja constancia de que el señor Juez del Tribunal, doctor Alberto R. Dalla Via, no interviene en atención a Resolución Nº 111 del corriente año (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional).

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