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S., L. O. c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES HOSPITAL ITALIANO s/AMPARO DE SALUD

La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura integral de internación geriátrica en residencia y provisión de medicación. El Juzgado hizo lugar al amparo y condenó al Hospital Italiano a cubrir al 100% la internación en Ser Vital S.A. y la medicación prescrita, conforme facturación detallada y abonando cada factura dentro de quince días.

Amparo Internacion geriatrica Cobertura medica Obra social/hospital italiano Ley 24.901 Personas mayores Medicacion Residencia de larga estadia Obligacion de pago Prestaciones para discapacidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: S., L. O., representada por su hijo E. D. N. Demandado: SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES HOSPITAL ITALIANO. Objeto: cobertura integral (internación geriátrica en la residencia “Ser Vital S.A.”, Federico Lacroze 2072) y la provisión de la medicación prescrita. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se condenó al Hospital Italiano a brindar cobertura integral (100%) de la internación geriátrica en “Ser Vital S.A.” conforme normativa aplicable o según valores del Nomenclador (Resol. 428/99 y sus modificaciones) con más 35% por dependencia según prescripción médica y por el tiempo que indiquen los tratantes; asimismo, cobertura total (100%) de la medicación prescripta. Las facturas deberán presentarse detalladas y serán abonadas dentro de los quince días de su presentación. Se imponen las costas a la demandada y se regulan honorarios de la letrada de la actora en 30 UMAS ($3.062.280).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "las prestaciones que los agentes del seguro de salud deben brindar a sus beneficiarios deben ser satisfechas de manera total (CNF. Civ. y Com., Sala I, causa 3165/00 del 27.3.01 y sus citas; ídem causa 1082/01 del 29.3.01; ídem., causa 1782/01 del 19.4.01), y teniendo en cuenta que la cobertura reclamada se encuentra prevista en la normativa aplicable, no es dudosa la procedencia de esta acción." "Por los argumentos que anteceden, FALLO: Haciendo lugar a la acción de amparo. En consecuencia, condeno a la SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES HOSPITAL ITALIANO a brindar a la Sra. S., L. O. la cobertura integral (100%) de la internación geriátrica en la residencia 'Ser Vital S.A.'... y la cobertura total (100%) de la medicación prescripta por sus galenos tratantes." (No hubo votos en disidencia consignados en la sentencia.)

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