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ABBOTT LABORATORIOS ARGENTINA SA (TF 31516-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Abbott impugnó la regulación de honorarios devengados en su actuación contra la DGA. La Cámara Federal - Sala II modificó la regulación y redujo los honorarios a $100.000, determinando además que el IVA integra las costas y se adicionará si el profesional es responsable inscripto.

Honorarios Regulacion Iva Costas Ley 21.839 Reduccion Camara contencioso administrativo federal Recurso directo Abogados Dr. ricardo martin pereyra moine


¿Quién es el actor?

ABBOTT LABORATORIOS ARGENTINA S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA) / organismo convocado en el asunto (recurso directo contra organismo externo).
- Objeto de la demanda: Impugnación del monto regulado de honorarios profesionales (regulación de honorarios del 02/07/2025).

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió reducir los honorarios regulados a PESOS CIEN MIL ($100.000) a favor del Dr. Ricardo Martín Pereyra Moine, y aclaró que el impuesto al valor agregado integra las costas y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; si no hubiera denunciado su condición frente al IVA, el plazo para el pago correrá desde que lo haga. Regístrese, notifíquese y oportunamente devuélvase.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "Que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Además a fin de lograr una retribución equitativa y justa no resulta conveniente tan sólo la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, en la medida en que las cifras a las que se arriba pudieren conducir a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada. Tal proceder, limitaría la misión del Juzgador a un trabajo mecánico sin un verdadero análisis y evaluación de la tarea encomendada a los abogados, peritos, consultores, etc." "Que, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S. Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Que sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, resultado y montos involucrados
- Resolución N° 288/2011, convertido a pesos y lo resuelto con fecha 08/05/2023-; atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada ... toda vez que la causa fue declarada como de puro derecho, corresponde, reducir a las sumas de PESOS CIEN MIL ($100.000) los honorarios regulados con fecha 02/07/2025; en favor del DR. RICARDO MARTIN PEREYRA MOINE, por la dirección letrada y representación de la actora (arts. 6, 7, 8, 9, 19, 22, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva ni en los firmantes; la decisión consta en acuerdo.

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