CASTRO, ELDA ARICEL c/ UGOLINI, PABLO ANDRES Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS - RESP.PROF. ABOGADOS
Demanda por daños y perjuicios contra abogado por mala praxis profesional derivada de la caducidad de instancia. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: rechazó los rubros de incapacidad psicológica y tratamiento de psicoterapia, declaró desierto el recurso de la actora respecto de la pérdida de chance y confirmó el resto de la sentencia, y difirió para oportuno momento el análisis del prorrateo del art. 730 CPCC.
¿Quién es el actor?
Castro, Elda Aricel (parte actora).
¿A quién se demanda?
Ugolini, Pablo Andrés (abogado demandado) y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por daños y perjuicios por mala praxis profesional del abogado por la caducidad de la instancia del juicio de daños y perjuicios por accidente de tránsito (siniestro del 23/7/2019), con condena en la suma de $6.987.021 más intereses y costas en la sentencia de grado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por unanimidad, modificó la sentencia de grado rechazando los rubros de incapacidad sobreviniente psicológica y tratamiento de psicoterapia; declaró desierto el recurso de la actora respecto de la pérdida de chance; confirmó el resto de lo decidido por el juzgado de primera instancia; difirió el tratamiento del prorrateo del art. 730 CPCC para la oportunidad procesal oportuna; e impuso las costas de Alzada por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Lo expuesto anteriormente demuestra que el abogado Ugolini no obró con diligencia, realizando los actos procesales conducentes para la satisfacción del interés de su cliente. Esa culpa del abogado, por negligencia, causó daños a su cliente con su actuación y dirección, por lo que debe ser confirmado el decisorio de grado."
"Si bien es cierto que el perito psicológo Lic. La Capra dictaminó en este juicio que la actora presentaba una discapacidad permanente y crónica del 11%, no lo es menos que debemos poner en contexto la información brindada por el experto. En ese informe fue pedido por la actora respuestas desdobladas, unas referidas a la incapacidad derivada del accidente de tránsito de 2019 y otras referidas a las consecuencias psíquicas del incumplimiento contractual de su abogado... De acuerdo a ello, considero que el reclamo debe ser rechazado, tanto la indemnización por incapacidad psicológica, como por tratamiento."
"Considero que el recurso se encuentra desierto respecto de este rubro en los términos el art. 265/6 CPCC. No se hace cargo la apelante de los fundamentos brindados por el juez de grado para resolver como lo hizo."
"Es sabido que esa normativa sólo limita la responsabilidad del condenado en costas por los honorarios devengados, más no respecto de la cuantificación de éstos... Por esta razón, propongo al Acuerdo que se lo difiera para la oportunidad procesal oportuna, dejando constancia de esta circunstancia en la parte dispositiva del fallo."
- Disidencias relevantes: no hubo disidencia; la decisión fue unánime (Fajre, Abreut de Begher y Kiper adhieren).
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