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MULLER, DANTE NORBERTO c/ CORREDORES VIALES SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra la concesionaria vial que administraba la Ruta Nacional N°9. El Juzgado rechazó la demanda por insuficiencia probatoria para acreditar que un parche longitudinal de brea fue la causa de la pérdida de estabilidad de la motocicleta, y ordenó costas en el orden causado.

Accidente de transito Concesionaria vial Responsabilidad objetiva Ley 24.240 Parche de brea Prueba pericial Direccion nacional de vialidad Insuficiencia probatoria Rechazo de demanda Costas en el orden causado


¿Quién es el actor?

Dante Norberto Müller.

¿A quién se demanda?

Corredores Viales S.A. (con citación en garantía de Nación Seguros S.A.).
- Objeto de la demanda: reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 22/4/2022 en la Ruta Nacional N°9 (km 78,3), atribuyendo la causa a un parche longitudinal de brea y falta de señalización; peticiones indemnizatorias por diversos rubros por $1.216.784 y U$S 20.903, más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la demanda interpuesta por Dante Norberto Müller contra Corredores Viales S.A. y, en consecuencia, se rechazó la citación en garantía de Nación Seguros S.A., con costas en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos pertinentes): "En particular, el dictamen no acredita que el parche longitudinal de brea haya presentado una condición de adherencia sustancialmente diferente de la restante cinta asfáltica ni que hubiera actuado como causa adecuada del siniestro. Antes bien, el experto ingeniero mecánico calificó esa hipótesis como improbable y condicionó una conclusión definitiva a la realización de pruebas técnicas específicas, cuestión que motivó el dictado de la medida para mejor proveer que será examinada seguidamente." "La Dirección Nacional de Vialidad informó que, a la fecha del hecho, el sector presentaba un índice de estado calificado como 'bueno' en el sentido de circulación involucrado, que la demarcación horizontal se encontraba en buen estado y que la concesionaria cumplía, desde el punto de vista técnico, con las condiciones establecidas en el contrato de concesión." "En definitiva, no se ha probado que la pérdida de estabilidad de la motocicleta hubiera sido ocasionada por el parche de brea en las condiciones descriptas en la demanda." Sobre carga probatoria y congruencia: "Corresponde aclarar que... incumbía al actor acreditar que el accidente se produjo por el defecto de la calzada individualizado en su demanda. Al no haber aportado elementos objetivos suficientes que permitan tener por demostrada dicha circunstancia y el correspondiente nexo causal, debe soportar las consecuencias derivadas de la insuficiencia probatoria."
- Disidencias: no hubo votación múltiple; es sentencia de juez único.

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