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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BOTTINI , NICOLAS LEONARDO s/INFRACCION LEY 23.737

Acusado por tenencia de estupefacientes obtuvo la recalificación a tenencia simple y su sobreseimiento por prescripción; el Tribunal Oral consideró probado el hecho pero declaró extinguida la acción penal por prescripción y ordenó la destrucción del remanente de la sustancia. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°2) aceptó el acuerdo abreviado, reconoció la tenencia de 8.321,18 g de marihuana y, ante el cumplimiento del plazo prescriptivo, sobreseyó a Nicolás Bottini y ordenó destruir el remanente.

Tenencia simple Prescripcion Sobreseimiento Juicio abreviado Marihuana Destruccion de estupefacientes Salud mental/consumo Tribunal oral en lo criminal federal Delito federal Acuerdo abreviado


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (Dr. Miguel Ángel Osorio, Fiscal General a cargo de la Fiscalía General N°7, y fiscal instructor Dr. Carlos Alberto Rivolo en la etapa inicial).

¿A quién se demanda?

Nicolás Leonardo Bottini (DNI 35.980.295).
- Objeto de la demanda: Investigación penal por infracción a la Ley 23.737 por la tenencia de estupefacientes (se secuestraron 8.321,18 gramos de marihuana, con pureza entre 3,4% y 7,7% de THC) e inicialmente elevada por el fiscal de instrucción como tenencia con fines de comercialización.

¿Qué se resolvió?

Se recalificó el hecho como constitutivo del delito de tenencia simple de estupefacientes; se declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de Nicolás Leonardo Bottini; se sobreseyó a Bottini por el delito de tenencia simple de estupefacientes; y se ordenó la destrucción del remanente del material estupefaciente incautado (ver dispositiva arriba).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Se encuentra acreditado en autos que Nicolás Leonardo Bottini el día 16 de noviembre de 2016, a las 15:35 horas, tenía ilegítimamente con fines de comercialización 8321,18 gramos de marihuana -con una pureza del 3,4% al 7,7% de THC-, que se encontraban distribuidos en ocho paquetes..." (requisitoria fiscal de elevación a juicio, fs. 128/131). "…no existen en autos elementos de cargo que permitan asegurar inequívocamente que la sustancia tuviera como destino su venta, y por tanto, no es posible atribuirle la finalidad de su comercialización..." (Fundamento del Ministerio Público Fiscal en el acuerdo abreviado). "…no surge circunstancia objetiva alguna que permita sostener fundadamente la ultra finalidad que requiere la figura del inciso 'c' del artículo 5 de la Ley 23.737." (considerando del Tribunal). "Atento al carácter liberatorio de este decisorio con relación a Nicolás Leonardo Bottini, corresponde eximirlo del pago de las costas del proceso." (considerando VII). "Ha de ordenarse la destrucción del remanente material estupefaciente incautado." (considerando IX y punto dispositivo IV).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto extraído; la resolución aparece firmada por el Dr. Jorge Luciano Gorini como Juez de Cámara y la Secretaria de Cámara.

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