Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HOLGUIN, YERINSON Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Acuerdos de juicio abreviado por hechos vinculados a estupefacientes; el Tribunal homologó los acuerdos y condenó a los cuatro imputados por tenencia simple y confabulación, disponiendo penas de cumplimiento efectivo y devolución de vehículos. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia) declaró admisibles los acuerdos, condenó a Yliam Díaz Amparo (1 año), a Jeison Yeriak Díaz (2 años y 6 meses), a Brian José Muñoz (1 año y 3 meses) y a Sergio Ignào (3 años), ordenó devoluciones de rodados y solicitó informes para posible excarcelación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Dr. Teodoro W. Nürnberg.
Demandado: Imputados JEISON YERIAK DÍAZ (RD 4538475), BRIAN JOSÉ MUÑOZ (DNI 42.274.763), SERGIO ARIEL IGNAO (DNI 33.316.033) e YLIAM MIGUEL DÍAZ AMPARO (RD 5118904).
Objeto: En la requisitoria inicial se imputó comercio de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), pero en la instancia de juicio abreviado las partes acordaron calificaciones menores: tenencia simple de estupefacientes (art. 14, 1° párr. Ley 23.737) para DÍAZ, MUÑOZ y DÍAZ AMPARO; y confabulación para el comercio de estupefacientes (art. 29 bis Ley 23.737) para IGNAO. Se requirió asimismo la devolución de vehículos secuestrados y, para algunos, la inmediata libertad si resultaban cumplidos requisitos del art. 13 CP/317 CPPN.
Decisión: El Tribunal declaró admisibles los acuerdos de juicio abreviado y, por mayoría (resolución final), falló condenando: a Yliam Miguel Díaz Amparo como autor de tenencia simple a la pena de 1 año de prisión de cumplimiento efectivo, multa $225 y costas, y ordenó tener cumplida la pena conforme acta de detención del 22/10/2023 y su inmediata libertad; a Jeison Yeriak Díaz como autor de tenencia simple a 2 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa $225 y costas; a Brian José Muñoz como autor de tenencia simple a 1 año y 3 meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa $225 y costas; solicitó con carácter urgente informes de conducta para Muñoz y Jeison Díaz y, de resultar favorables, ordenar su inmediata excarcelación en los términos del art. 13 CP y art. 317 inc. 5º CPPN con condiciones; y condenó a Sergio Ariel Ignao por confabulación para el comercio de estupefacientes a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y costas, disponiendo no ejecutar la detención. Asimismo ordenó la devolución de los vehículos Toyota MRU-296 a Ignao y VW KCZ-954 a Muñoz y supeditó la destrucción de la droga a la finalización del debate respecto de otro coimputado (Yerinson Holguín).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, con citas textuales):
1) "Que ordenados los allanamientos, practicados el 5/10/23; en cuanto a IGNAO en su domicilio en Dorrego 883 se le secuestraron una balanza digital, nueve recortes de nylon, tres teléfonos celulares y cuatro envoltorios con cocaína en un peso de 29,35 gr.; 0,33gr; 0,38 gr y 48,43 gr ... Si bien el contenido de las comunicaciones, son indiciarias de que compraría a Holguín, u ofrecía públicamente, refiriendo 'la rica, poderosa y buscada', todos esos
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