Logo

LEGUIZAMON MARIA VICTORIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó la redeterminación de una renta vitalicia previsional en dólares como si fuera un beneficio del régimen público. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, impuso las costas por su orden y reguló los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.

Leguizamon Anses Renta vitalicia previsional Redeterminacion de haberes Costas por su orden Honorarios 30% Ley 27.423 Cpccn arts. 68 y 71 Seguridad social Apelacion


¿Quién es el actor?

LEGUIZAMON MARIA VICTORIA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se redeterminara el haber correspondiente a una renta vitalicia previsional en dólares (vigente desde el 01-08-1998) como si se tratara de un beneficio adquirido dentro del régimen público.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el recurso deducido; se revocó parcialmente la sentencia apelada; se impusieron las costas en ambas instancias por su orden; y se regularon los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de fragmentos relevantes del fallo): "Así las cosas, las costas devengadas en ambas instancias corresponde imponerlas por su orden, en atención a la remisión que efectúa el art. 36 de la ley 27.423 a lo normado por el libro I, título II, capítulo V del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y luego de ponderar el resultado obtenido por las partes en la sentencia en crisis, corresponde imponerlas por su orden (arts. 68 y 71 del CPCCN y CSJN “Morales, Blanca”, sentencia del 22 de junio de 2023 (Fallos: 346:634))." "Las labores de la alzada realizadas por la dirección letrada de la actora se estiman en el 30% de lo que se regule en la instancia anterior por dicha actuación (art. 30 de la ley 27.423)." "Por ello el Tribunal, RESUELVE: 1) Declarar formalmente admisible el recurso deducido, 2) Revocar parcialmente la sentencia apelada, con el alcance expresado en los considerandos precedentes, 3) Imponer las costas en ambas instancias por su orden, ... 4) Regular los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se regule a su favor en la instancia anterior."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia en el texto remitido; la resolución final es la acordada por la Cámara.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar