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ALDERETE, RICARDO RUBEN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Recurso de apelación contra dictamen de la Comisión Médica Central por retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y devolvió las actuaciones al organismo de origen, imponiendo las costas por su orden.

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¿Quién es el actor?

ALDERETE, RICARDO RUBEN.

¿A quién se demanda?

ANSES (organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central en trámite por retiro por invalidez (art. 49 punto 4 Ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y devolvió las actuaciones al organismo de origen; además impuso las costas de la instancia por su orden (conf. art. 68, 2do párrafo CPCCN).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "Conforme las previsiones de dicha norma y atendiendo al domicilio de la recurrente se remitieron las actuaciones al Juzgado Federal con asiento en la Ciudad de Corrientes a fin que el Cuerpo Médico Forense u organismo equivalente de dicha localidad, opine sobre el grado de invalidez en los términos del inc. a) del art. 48, según las normas de evaluación establecidas en el art. 52 de dicho cuerpo normativo." "En este orden, los facultativos médicos designados en el ámbito local, concluyeron que las patologías que afectan al afiliado a los fines provisionales, alcanza al 67,87% de la total obrera." "Dentro del plazo para alegar el organismo previsional cuestiona las conclusiones a las que arribaran los expertos. Sin embargo, las objeciones formuladas no pueden ser atendidas. En efecto, ellas no se sustentan en fundamentos científicos que permitan desvirtuar '…el asesoramiento técnico de auxiliares de la justicia cuya imparcialidad y corrección están garantizadas por normas específicas y por otras similares a las que amparan a la actuación de los funcionarios judiciales…' (Fallos 299:265)." "En este orden, luego de analizar el caso a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente 'Sosa' (Fallos 340:2021), corresponde revocar el dictamen que motivó el recurso."
- Votos / disidencias: El acuerdo final consta en la parte resolutiva transcripta; no se consignan votos en disidencia en el dispositivo final.

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