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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARTAMAN, RAMON DARIO Y OTROS s/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO, CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. A) - CODIGO ADUANERO y CONTRABANDO AGRAVADO ARTICULO 865, INC. A) - CODIGO ADUANERO

Juicio abreviado por ingreso de 21.106 gramos de ketamina: tres imputados fueron condenados por contrabando de importación de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Formosa, a cargo del Dr. Belforte) admitió el juicio abreviado y condenó a Cartamán a 5 años de prisión como partícipe necesario y a Gómez Gómez y Rivas Bareiro a 4 años y 6 meses como coautores, con inhabilitaciones y costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fiscalía federal (solicitó la pena en el acuerdo de juicio abreviado). Demandado: Ramon Darío Cartamán (gendarme, sargento primero), Ariel Fernando Gómez Gómez (ciudadano paraguayo, comerciante) y Hugo Cesar Rivas Bareiro (ciudadano paraguayo, mecánico). Objeto: responsabilidad penal por contrabando de importación de estupefacientes (ketamina) con fines de comercialización, agravado por el número de personas intervinientes y, respecto de Cartamán, por su calidad de funcionario público; secuestro de 21.106 gramos de ketamina introducidos por paso no habilitado. Decisión: se admitió el juicio abreviado y se condenó conforme al acuerdo fiscal y delictual: a Ramon Darío Cartamán a CINCO AÑOS DE PRISIÓN como partícipe necesario, con inhabilitación especial por seis meses para ejercer el comercio e inhabilitación absoluta por doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario o empleado público; a Ariel Fernando Gómez Gómez a CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN como coautor, con idénticas inhabilitaciones; y a Hugo Cesar Rivas Bareiro a CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN como coautor, con las mismas inhabilitaciones; todos con costas. También se regularon honorarios y se ordenó conservar evidencias y remitir notificaciones institucionales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes de la sentencia): "En este caso en particular corresponde admitir el procedimiento de juicio abreviado, toda vez que el acuerdo reúne los estándares de suficiencia probatoria, encuadre penalmente típico, y no se requiere un mayor conocimiento del hecho que se endilga a los procesados que lo han suscripto, en los términos del principio acusatorio..." (considerando PRIMERO). "I.
- El requerimiento de elevación a juicio, indicó en concreto, que el 29 de noviembre de 2023, alrededor de las 21:00, Ariel Fernando Gómez Gómez y Hugo Cesar Rivas Bareiro, arribaron al país desde Paraguay, vía fluvial, por un paso no habilitado ... e introdujeron al país, veintiún kilos con ciento seis gramos -veintiún kilos con 106 grs.
- del estupefaciente ketamina... los que fueron recibidos por el funcionario público Ramon Darío Cartamán y trasladados en la camioneta dominio IKL811... donde la droga fue secuestrada y Cartamán, Gómez Gómez y Rivas Bareiro detenidos..." (considerando SEGUNDO, I). "Todos los elementos

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