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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: SAMBRANA, LAURA YENHY s/INFRACCION LEY 23.737

Imputaron a Laura Yenhy Sambrana por transporte de cocaína encontrada en un colectivo y dinero secuestrado; se celebró acuerdo bajo art. 431 bis y la imputada admitió la responsabilidad. La Cámara Oral Federal de San Juan condenó a la imputada a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de 45 unidades fijas, decomisó el dinero y elementos (salvo el celular) y ordenó la destrucción del estupefaciente por considerar probada la materialidad y la autoría.

Delito: transporte de estupefacientes Ley 23.737 Condena Decomiso Destruccion de estupefaciente Art. 431 bis c.p.p.n. Prision domiciliaria Pericia quimica Prueba de campo Dinero secuestrado ($94.000).


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representado por el Auxiliar Fiscal asignado al Área de Transición de la Unidad Fiscal San Juan).
- Demandado / Imputada: Laura Yenhy Sambrana, D.N.I. 41.179.719.
- Objeto de la acción: Enjuiciamiento por la supuesta comisión del delito previsto en el art. 5 inciso c) de la Ley 23.737 (transporte de estupefacientes), en modalidad de transporte, por traslado de 1,188 kilos de cocaína encontrados en un colectivo, además de un teléfono celular y la suma de $94.000.

¿Qué se resolvió?

Se condenó a Laura Yenhy Sambrana a cuatro (4) años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas accesorias legales y costas; se procedió al decomiso del dinero y de los elementos secuestrados (salvo el teléfono celular devuelto anteriormente) y a la destrucción del material estupefaciente; se impusieron las costas a la condenada, pagaderas en diez días. Asimismo se mantuvo la prisión domiciliaria para el cumplimiento de la pena por razones humanitarias y familiares. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
- "Producida la admisión formal del acuerdo celebrado entre las partes del presente proceso, corresponde realizar el análisis y valoración del mismo en función de las pruebas colectadas durante la etapa de instrucción, conforme lo ordena el art. 431 bis, inc. 5°, del C.P.P.N., determinándose las siguientes cuestiones a resolver: 1°) Materialidad de los hechos y responsabilidad penal; 2°) Calificación legal; 3°) Pena; 4°) Destino de los elementos secuestrados; 5°) Modalidad de cumplimiento y 6°) Costas."
- "Analizadas las constancias de la causa, corresponde fijar la materialidad del ilícito investigado y, con posterioridad a ello, delinear la autoría y participación que sobre el mismo atañe a la acusada... en aquella oportunidad se secuestró en el interior del rodado un kilo con ciento ochenta y ocho gramos (1,188 kilos) de cocaína, fraccionada en tres (03) envoltorios, todo en poder de la imputada."
- "En tal sentido, coincido con la calificación legal determinada en el acuerdo celebrado entre la defensa y el Ministerio Público Fiscal, toda vez que existen en la causa elementos de convicción que me permiten inferir inequívocamente, que la conducta de la mencionada encartada... encuadran en la figura de transporte de estupefacientes, prescripta por el artículo 5 inc c de la ley 23.737."
- "Conforme ello, estimo que corresponde imponer a Laura Yenhy Sambrana, de cuatro (4) años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas accesorias legales y costas."
- "Que atento a lo dispuesto por el art. 30 de la Ley Nº 23.737 corresponde proceder a la destrucción del material estupefaciente secuestrado en la presente causa... Por todo lo expresado en los párrafos anteriores, y lo acordado por las partes, entiendo que corresponde decomisar la totalidad de los elementos que surgen descriptos en el certificado Anexo A de fecha 27 de octubre del 2024 (salvo el teléfono celular marca Samsung, su funda, tarjeta de memoria y chip de la empresa Personal)."
- Sobre la modalidad de cumplimiento: "Que durante la audiencia de visu prevista por el art. 431 bis. del C.P.P.N (13 de febrero 2025) dispuse, por las razones dadas por las partes, mantener el régimen de prisión domiciliaria de la condenada Sambrana... estimo que revocar el beneficio de prisión domiciliaria sería trasladar los efectos de la pena que le corresponden a Sambrana hacia sus hijos, atentando de esta manera con la protección integral de los derechos de los menores." Disidencias relevantes:
- No se registran votos en disidencia en el bloque dispositiv o en el texto de la sentencia aportado; la decisión se adoptó conforme al acuerdo homologado entre las partes y la valoración judicial de la prueba.

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