Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MONASTERIOS (DU3), SANDRA ÉRICA (SUM PFA 966-71-000.0 43/24) s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.1)
Juicio abreviado por comercio de estupefacientes: se homologó el acuerdo y se condenó a la imputada. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Mendoza Nº1) homologó el juicio abreviado y condenó a Sandra Érica Monasterios a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas (equivalentes a $2.250.000), ordenando además destrucción de la droga, cómputo de pena y costas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representante que suscribió el acuerdo).
- Demandado / Imputada: Sandra Érica Monasterios.
- Objeto de la demanda: Homologación de un acuerdo de juicio abreviado que imputaba a la causante por el delito previsto en el artículo 5º, inciso c) de la Ley 23.737 (comercio de estupefacientes), y fijación de pena, multa, decomiso, destrucción de la sustancia y costas.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre la representante del Ministerio Público Fiscal y la imputada; se condenó a Sandra Érica Monasterios a la pena de CUATRO (4) AÑOS de prisión y MULTA de 45 UNIDADES FIJAS (equivalentes a $2.250.000,00, con unidad fija valuada en $50.000 al momento del hecho); se ordenó la destrucción de la sustancia incautada y demás elementos secuestrados (art. 30 Ley 23.737); se practicará cómputo de pena (art. 493 CPPN); se impusieron las costas y la tasa de justicia por $4.700,00 (con régimen de multa y certificación de deuda en caso de incumplimiento); y se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta acreditar requisitos legales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) “De este modo, tenido en cuenta el alcance de lo normado en los artículos 40 y 41 del Código Penal, considero justo imponer a la imputada la pena a la que arribaron las partes de común acuerdo: CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN, MULTA de 45 UNIDADES FIJAS –equivalentes a la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00 ($ 2.250.000,00) con valor de la unidad fija de $50.000,00 al momento del hecho, conforme resolución 954/2023 del Ministerio de Seguridad de la Nación. Es que no advierto elementos que justifiquen un apartamiento de la pena mínima prevista por la escala aplicable que, por lo demás, fue la convenida por las partes.”
2) “Por ello, de la valoración integral del plexo probatorio existente surge acreditado que Sandra Érica Monasterios comercializó estupefacientes y que, además, poseía en su domicilio dicha sustancia prohibida... Al realizar el registro domiciliario, se encontró: 1) en el baño, en el interior de la mochila del inodoro, un envoltorio de nylon conteniendo cocaína en su interior, con un peso de 36 gramos y 2) 10 envoltorios de nylon, conteniendo cada uno de ellos cocaína en su interior, con un peso de 11,4 gramos.”
3) “En razón de lo normado por el artículo 30 de la Ley 23.737, debe procederse a la destrucción de la sustancia estupefaciente incautada, y al decomiso del dinero y demás elementos secuestrados, siempre que no se afect
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