Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, MARIA MACARENA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes en domicilio particular; la Cámara homologó el acuerdo, condenó a Jeremías Samuel López Martínez a 1 año de prisión con condenación condicional y multa de $112,50 y unificó con condena previa para imponer una pena única de 3 años en suspenso. La resolución se funda en la prueba de incautación (52,9 g de cannabis y una planta) y el informe pericial que confirmó la sustancia.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representante que suscribió el acuerdo).
- Demandado / Imputado: Jeremías Samuel López Martínez (DNI 35091940).
- Objeto de la demanda: Juicio por infracción a la Ley 23.737, artículo 14 primera parte (tenencia simple de estupefacientes), y homologación de acuerdo de juicio abreviado; destrucción de la sustancia; costas y tasa de justicia.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado; se condenó a Jeremías Samuel López Martínez a la pena de UN (1) AÑO de prisión con los beneficios de la condenación condicional y multa de $112,50 y costas por el delito previsto en el art. 14 (tenencia simple), en calidad de coautor; se unificó la pena con la sentencia previa (Nº 15121) para imponer pena única de TRES (3) AÑOS de prisión con beneficios de condenación condicional y multa de $112,50; se dispuso el cumplimiento por 3 años de las reglas de conducta del art. 27 bis CP; se ordenó la destrucción de la sustancia incautada; se impusieron las costas y la tasa de justicia por $4.700 (con apercibimiento de recargo y certificado de deuda).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Conforme las constancias y pruebas reunidas durante la instrucción, el acuerdo alcanzado por las partes resulta razonable, no hallando elemento alguno que lleve discrepar con la calificación legal asignada a la plataforma fáctica analizada."
"Entonces, el hecho relatado en los párrafos anteriores ha quedado -como se dijo
- plenamente acreditado, surgiendo -a su vez
- que era Jeremías Samuel López Martínez quien detentaba la sustancia prohibida y ejercía sobre ella un pleno señorío, en tanto resultó incautada en el domicilio que habitaba."
"Por todo ello, se entiende que la pena acordada por las partes resulta razonable y proporcionada de conformidad con la extensión del daño contemplada por la norma legal."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia es unipersonal (Jueza de Cámara María Paula Marisi) y el bloque resolutivo que homologó el acuerdo prevalece como decisión.
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