Incidente Nº 3 - IMPUTADO: GRABOSKI, TERESA DE LOS ÁNGELES s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
Audiencia de sobreseimiento en causa por uso de documento público falsificado; se dictó el sobreseimiento total y definitivo por haberse cumplido las condiciones de la suspensión del proceso a prueba. El juez ordenó comunicar la resolución a la División Antecedentes de la Policía de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público (intervino la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Rocío Mariscal).
Demandado: TERESA DE LOS ÁNGELES GRABOSKI, DNI 31.193.726.
Objeto: solicitud de sobreseimiento en relación al delito de uso de documento público falsificado destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor (art. 296 en función del art. 292, segundo párrafo del Código Penal).
Decisión: Se dictó sobreseimiento total y definitivo a favor de TERESA DE LOS ÁNGELES GRABOSKI por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba dispuesta a su favor; además se ordenó comunicar la resolución a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia, y se registró y notificó la decisión.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"RESUELVO: I.
- DICTAR SOBRESEIMIENTO TOTAL Y DEFINITIVO en favor de TERESA DE LOS ÁNGELES GRABOSKI, de las demás condiciones personales ya detalladas, en relación al delito de uso de documento público falsificado destinado a acreditar la titularidad de un vehículo automotor (art. 296 en función del art. 292, segundo párrafo del Código Penal), por haberse cumplido las condiciones impuestas en la suspensión del proceso a prueba dispuesta a su favor (Arts. 35 y 269 inc. “g” del Código Procesal Penal Federal). II.
- ORDENAR la comunicación a la División Antecedentes de la Policía de la Provincia de Salta y al Registro Nacional de Reincidencia. III.
- REGÍSTRAR y notificar. No siendo para más se da por finalizado el acto.-"
(Del resto del texto de la sentencia: constan la identificación de la imputada, la fecha de la audiencia celebrada vía Zoom el 24/02/2025 y la intervención de la Sra. Auxiliar Fiscal Dra. Rocío Mariscal y la Sra. Defensora Dra. María Oviedo.)
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