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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: MARTIN, SASHA CIBELS Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

La empleada judicial Sara Vidal solicitó la rectificación de comunicaciones de inhibición registral que consignaron por error su DNI en lugar del del imputado. La Cámara hizo lugar al pedido y ordenó registrar la rectificación y librar los oficios de rigor al comprobarse la distinta numeración de los DNI.

Incidente Rectificacion Inhibicion de bienes Registro propiedad automotor Registro propiedad inmueble Error material Dni Juzgado federal n?2 Comodoro rivadavia Ley 23.737

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. Sara Vidal, empleada de la Sub sede Garantías Rawson de la Oficina Judicial del Distrito Comodoro Rivadavia. Demandado: (no existe demanda contra un particular; la rectificación se solicita respecto de comunicaciones cursadas que afectan a) el imputado Sasha Cibels Martin y b) el vehículo titularidad de la señora Vidal). Objeto: Rectificación de las comunicaciones de inhibición dirigidas al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut y al Registro de la Propiedad Automotor (Rawson), pues por un "error material involuntario" se consignó el DNI de la Sra. Vidal en vez del DNI del imputado Sasha Cibels Martin, lo que produjo una inhibición registral sobre un vehículo de la recurrente. Decisión: Se hace lugar a la rectificación peticionada; se ordenó: "Regístrese y líbrense los oficios de rigor."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): "I.
- Que a fs. 407/410 se presenta la Sra. Sara Vidal, empleada de la Sub sede Garantías Rawson de la Oficina Judicial del Distrito Comodoro Rivadavia del Poder Judicial de la Nación, señalando que cuando se desempeñaba como instructor sumariante en el Juzgado Federal Nº 2 de Rawson, a causa de un error material involuntario, al momento de librar las comunicaciones de la inhibición a los Registros de la Propiedad Inmueble y de la Propiedad Automotor, consignó su propio Documento Nacional de Identidad en vez del documento correspondiente a Sasha Cibels Martin, procesado en estas actuaciones (ver fs. 340/344vta.).
- Aduce que debido a dicho error, al día de hoy, el vehículo de su titularidad (Ford Ka Pulse, dominio colocado IPU 446) se encuentra afectado por una inhibición General de Bienes a nombre del imputado de autos. Adjunta informe de estado de dominio correspondiente al rodado de mención. Así las cosas, solicita al suscripto, disponga la rectificación de las comunicaciones obrantes a fs. 350/351, así como también el libramiento de los oficios de rigor.-" "II.
- Que confrontada la presentación con la documentación obrante en autos, se advierte que la Sra. Sara Vidal es titular del DNI 41.628.792, mientras que Sasha Cibels Martin es titular del DNI 41.628.969. Consecuentemente, corresponde hacer lugar a la rectificación de las comunicaciones cursadas al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chubut y al Registro de la Propiedad Automotor (Rawson).-"
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución es unipersonal dictada por el Juez de Cámara Enrique Nicolás Baronetto.

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