Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARLES GUYUA, JUAN BARTOLOMÉ Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 PRESENTANTE: POLICIA FEDERAL ARGENTINA DUOF CORRIENTES Y OTRO
Pedido de unificación de penas por condenas por transporte de estupefacientes. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Corrientes) unificó las penas y fijó una pena única de cinco años y seis meses de prisión, manteniendo la declaración de reincidencia, por aplicación del artículo 58 y la composición conforme a los arts. 40 y 41 del Código Penal.
¿Quién es el actor?
La Defensora particular Dra. María de las Mercedes Baldo (en representación de Gabriel Oscar Acosta) y el Fiscal General Dr. Carlos Adolfo Schaefer actuó en el trámite.
- Demandado / imputado: Gabriel Oscar ACOSTA, DNI N° 40.752.955.
- Objeto de la petición: Unificación de penas por condenas firmes por el delito de “Transporte de Estupefacientes” (art. 5 inc. c) Ley 23.737), con declaración de reincidencia.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de unificación y se impuso a Gabriel Oscar Acosta la pena única de cinco (5) años y seis (6) meses de prisión, comprensiva de las causas que posee, con accesorias legales y costas, manteniéndose la declaración de reincidencia; asimismo, se ordenó practicar el nuevo cómputo de la pena, comunicar al Registro Nacional de Reincidencia y remitir las actuaciones al Juzgado de Ejecución Penal Federal.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
“Que, corrida la vista, el señor Fiscal General Dr. Carlos Adolfo Schaefer solicitó que se le imponga al condenado Gabriel Oscar ACOSTA la PENA ÚNICA de cinco (5) años y (6) meses de prisión, comprensiva de las causas que posee el condenado, todo ello por aplicación del método composicional, que se traduce en una composición entre los diferentes montos según los parámetros fijados en los arts. 40 y 41 del Código Penal, importando con ello una disminución de dos (2) años y seis (6) meses en la pena, todo de conformidad con lo previsto por el art. 58 y cctes. del Código Penal.”
“De este modo, con la unidad de la sentencia por sobre todo otro aspecto procesal o jurisdiccional, se privilegia la uniformidad de las consecuencias de la ley represiva en todo el territorio de la República, conforme con el principio de igualdad ante la ley que proclama el artículo 16 de la C.N. ... Se consagran entonces: la pena única -que se funda en que la condena constituye una unidad, tiene principio y fin, y no admite por lo tanto acumulaciones sucesivas
- …” (Del Voto del Dr. Gustavo M. Hornos en la causa: Montiel, Carlos Miguel s/recurso de casación causa N° 5070 Sala IV CNCP).
“En atención a lo relacionado y tal como lo solicitaron las partes, corresponde unificar las penas de Gabriel Oscar ACOSTA DNI N° 40.752.955, por los hechos arriba descriptos, bajo la imposición de una pena única de cinco (5) años y seis (6) meses de prisión, comprensiva de las causas que posee el condenado.”
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el acuerdo final.
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