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Principal en Tribunal Oral TO01 - D.G.C.L. s/ abuso sexual

Condenan a D. G. C. L. por abusos sexuales reiterados y acceso carnal en grado de tentativa; se le impone tres años de prisión en suspenso y costas. La Cámara homologó el juicio abreviado por ser coherente con la prueba, valoró la minoridad del autor al tiempo de los hechos y aplicó reglas de conducta (prohibición de acercamiento, taller y tratamiento psicológico).

Juicio abreviado Abuso sexual reiterado Acceso carnal tentativa Victima menor Ley 22.278 Prision en suspenso Reglas de conducta Identificacion genetica Cuerpo medico forense Costas


- Actor (quién demanda): Fiscalía General interina (doctora María Fernanda Poggi) como parte acusadora y la representante de la víctima en el acuerdo.

¿A quién se demanda?

D. G. C. L.
- Objeto de la demanda: Determinar la responsabilidad penal por hechos de abuso sexual reiterado (tocamientos) y tentativa de acceso carnal contra su hermana menor, cometidos en el domicilio familiar entre 2016 y 2021, con limitación probatoria y jurisdiccional a hechos desde el 11/09/2020 (cuando el imputado tuvo 16 años) conforme ley 22.278.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se declaró a D. G. C. L. autor penalmente responsable de abuso sexual reiterado (tocamientos) y acceso carnal en grado de tentativa; se lo condenó a tres años de prisión en suspenso y costas; y se le impusieron reglas de conducta por tres años (prohibición de acercamiento/contacto con la víctima, realización de taller contra la violencia de género y tratamiento psicológico/psiquiátrico previo examen forense). Se ordenó identificación genética e inscripción en el Registro Nacional correspondiente. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales importantes):
- "De las constancias agregadas al legajo he de tener por cierto los hechos ocurridos entre el período comprendido entre los años 2016 y 2021... oportunidad que D. G. C. L. -quien en ese momento tenía entre 12 a 17 años de edad
- en varias ocasiones abusó sexualmente mediante tocamientos y con acceso carnal (vía anal) de su hermana menor N. F. C. L. -cuando ella tenía entre 4 y 9 años de edad-." (reproducción del requerimiento de elevación).
- "Entiendo que corresponde homologar el acuerdo celebrado por los intervinientes y pasar a dictar sentencia (art. 431bis inc. 3° del Código Procesal Penal de la Nación)." (fundamento para aceptar el juicio abreviado).
- "De tal modo, los medios probatorios reseñados, así como la manifestación del encausado en el acuerdo presentado por las partes, constituyen un cuadro de suficiente entidad para aseverar que se ha logrado... una certera reconstrucción histórica de los hechos y de la participación que en ellos tuvo el epigrafiado (art. 398 del Código Procesal Penal)." (valoración probatoria).
- "En razón de las circunstancias valoradas, considero ajustada a derecho la aplicación de la pena acordada por las partes, esta es, de tres años de prisión en suspenso." (determinación de la pena).
- "Considero que el abuso sexual con acceso carnal ha quedado en grado de tentativa, en función de que, a pesar de la intención manifiesta del imputado, éste no llegó a penetrar a la víctima..." (calificación del grado de consumación).
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la resolución se adoptó unipersonal por la Jueza de Cámara y consta homologación del acuerdo.

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