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Incidente Nº 5 - IMPUTADO: ROJAS, FABIAN ESTEBAN Y OTRO s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)

Juicio abreviado por transporte de estupefacientes: se homologaron acuerdos y se condenó a los imputados. La Cámara Federal de Salta homologó el acuerdo abreviado y condenó a Jesús S. Rojas a 4 años de prisión y a Fabián E. Rojas a 4 años y 6 meses (reincidente), disponiendo además decomiso y destrucción del estupefaciente.

Transporte de estupefacientes Juicio abreviado Homologacion Condena Reincidencia Decomiso Destruccion de estupefaciente Pena privativa de libertad Multa Cppf arts. 323-325


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, Fiscalía Federal de Tartagal.
- Demandados / Imputados: Fabián Esteban Rojas (DNI 31.517.638) y Jesús Samuel Rojas (DNI 47.775.296).
- Objeto de la demanda: Acusación por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. “c” ley 23.737) y solicitud de homologación de acuerdo abreviado conforme arts. 323-325 CPPF; peticiones accesorias de destrucción del estupefaciente y decomiso de bienes.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo pleno celebrado entre las partes y se dictó sentencia condenatoria: Jesús Samuel Rojas fue condenado a 4 años de prisión efectiva, multa de 45 unidades fijas, inhabilitación absoluta por la condena y costas; Fabián Esteban Rojas fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión efectiva, multa de 60 unidades fijas, inhabilitación absoluta por la condena y costas, declarándose reincidente por cuarta vez. Se autorizó la destrucción del estupefaciente y se dispuso el decomiso del celular marca Redmi, la mochila y la motocicleta Yamaha YBR125, dominio A213HXV. Se tuvieron por renunciados los plazos del art. 360 del CPPF y se remitió a ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que en cuanto al mérito incriminatorio, los acontecimientos descriptos reúnen las condiciones de tipicidad exigidas por la norma en que se subsumieron (art. 5 inc. 'c' de la ley 23.737). Ello se concatena con las evidencias ofrecidas por el actor penal en su escrito de acusación (a las que remito en honor de brevedad), reconocidas por los implicados y legalmente recabadas ... que dan cuenta de la concurrencia de los elementos objetivos (conducta, tipo, etc.) y subjetivo (dolo directo consistente en saber de la ilegalidad de la conducta y no obstante, mantenerse en la voluntad de ejecutarla) del ilícito penal." "Que se justificaron adecuadamente los motivos que abonan la cuantificación y la modalidad de las penas acordadas, pues resultan proporcionales al grado de lesividad de la conducta endilgada (vulneración de la salud pública), a la cantidad de droga incautada y a sus antecedentes penales condenatorios (en el caso de Fabián Rojas)." "Que, por último, atento la renuncia expresa de los contendientes a cualquier recurso (art. 360 del CPPF), adelanté la remisión de la causa a la etapa de ejecución de sentencia..."
- No hubo votos en disidencia consignados en el expediente.

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