ESQUITIN, JOSE MARIA c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamó jubilado el pago del coeficiente de bonificación previsto por la ley 19.485 y retroactivos. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de grado que admitió la demanda, ordenó el pago y aplicó costas a la demandada, remitiéndose además a precedente vinculante.
¿Quién es el actor?
José María Esquitin.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento y pago en los haberes de retiro del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 mientras el actor resida en el ámbito de aplicación; pago de sumas retroactivas por el período bienal anterior a la demanda, con intereses; liquidación del crédito en el plazo fijado por el juez de grado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el pronunciamiento de fs. 38/42 en todo cuanto fue materia de apelación; acordó costas de Alzada a la demandada y reguló los honorarios profesionales en un 30% de lo que se fije en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo):
"El Dr. Javier M. Leal de Ibarra dijo: I. Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia definitiva de fs.38/42 ... por cuanto dispuso admitir la demanda entablada por el Sr. José María ESQUITIN y ordenó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal abonar en sus haberes de retiro el coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485, en la medida que continúe residiendo en el ámbito geográfico de aplicación; y el pago de las sumas retroactivas devengadas por tal concepto por el período bienal anterior a la promoción de la demanda, más los intereses calculados a la tasa pasiva del BCRA."
"IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En efecto, la solución que corresponde adoptar en el presente encuentra adecuada respuesta con las argumentaciones allí vertidas, por lo que, considerando la gran cantidad de expedientes que tramitan ante esta Alzada y que reconocen similar objeto; y con el propósito de optimizar los recursos materiales ... entendemos suficiente la remisión al precedente citado..."
- Votos y disidencias: El Dr. Aldo E. Suárez adhirió al voto precedente; no se registra disidencia.
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