Incidente Nº 5 - IMPUTADO: VEIZAGA VASQUEZ, ELMER s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
El Ministerio Público Fiscal formuló acusación por transporte de estupefacientes contra Elmer Veizaga Vásquez en el marco de un acuerdo pleno de procedimiento abreviado. El Juzgado Federal de Jujuy 1 condenó al imputado a 5 años y 8 meses de prisión, multa de 45 unidades fijas, inhabilitación absoluta, ordenó el decomiso del celular y la destrucción de la sustancia secuestrada.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (representado por el Dr. Auxiliar Fiscal Federal Juan Batule).
- Demandado / Imputado: Elmer Veizaga Vasquez, boliviano, DNI Extranjero N° 94.288.348.
- Objeto de la acción: Acusación por el delito de “transporte de estupefaciente”, art. 5 inc. c de la Ley 23.737 (hecho ocurrido el 14/10/2024 en control preventivo sobre Ruta Provincial Nº 79 / Ruta Nacional Nº 9; hallazgo de paquetes con cocaína ocultos en doble fondo de una camioneta). En la requisa se hallaron ochenta y dos (82) paquetes; pesaje y Narcotest dieron resultado positivo para cocaína con un peso total consignado de ochenta y siete mil ochocientos treinta y ocho gramos (87.838 grs.), si bien la acusación refiere el monto de 81.737 grs.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a Elmer Veizaga Vasquez como coautor del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cinco (5) años y ocho (8) meses de prisión y multa de 45 unidades fijas; se impuso inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y las costas; se ordenó el decomiso del teléfono celular Tecno Spark y la destrucción de la sustancia secuestrada; se dispuso que el cómputo de la pena lo realice el Juez de Ejecución una vez firme la resolución; se dejó constancia de la detención ininterrumpida desde el 14/10/2024; las partes renunciaron a los plazos procesales para recurrir.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
1) "Por ello da cuenta que en virtud de la requisa del vehículo, hallaron ochenta y dos (82) paquetes rectangulares compactos, envueltos en nylon transparente, plástico transparente, papel metalizado y carbónico, que estaban distribuidos y ocultos en un doble fondo ubicado detrás de los asientos traseros, específicamente dentro del chasis entre el habitáculo y la caja de la camioneta; todos los paquetes contenían una sustancia blancuzca a la cual se le realizó el respectivo pesaje y Narcotest, arrojando resultado positivo para 'Cocaína' y un peso total con envoltorios de ochenta y siete mil ochocientos treinta y ocho gramos (87.838grs.)."
2) "Finalmente manifiesta que se decidió culminar el presente caso mediante el instituto de procedimiento abreviado, en virtud de un 'acuerdo pleno' arribado entre las partes, sobre el cual la Defensa del encartado afirma haberlo instruido respecto de su significado y alcance, quien prestó la conformidad que la citada norma exige, la que expresamente versa sobre: la existencia de los hechos endilgados, su participación en los mismos, la calificación legal recaída y la pena que a continuación se propone."
3) "Que, manifestado lo anterior, no habiéndose presentado nulidades ni quedando cuestiones pendientes de resolver y en función de lo acordado por la Fiscalía y la Defensa técnica del imputado, habiendo sido aceptada por el imputado la existencia del hecho, su participación en el mismo y la calificación legal; de acuerdo a las normas y fundamentos expuestos en la audiencia a los que me remito en honor a la brevedad y conforme lo dispuesto por los arts. 323, 331 y ctes. del Código Procesal Penal Federal, es que corresponde formular acusación y condenar a Elmer Veizaga Vasquez por el ilícito cometido de 'transporte de estupefaciente', previsto y sancionado por el art. 5 inc. c de la Ley 23.737 en calidad de coautor."
- Votos en disidencia: No registran disidencias en el texto.
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