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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: VERGARA, AGUSTINA ALDANA s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

El Ministerio Público Fiscal solicitó el sobreseimiento de Agustina Aldana Vergara por el delito de encubrimiento de contrabando de importación tras cumplirse condiciones de suspensión del proceso a prueba. El Juzgado Federal sobreseyó total y definitivamente a la imputada por aplicación del art. 269 inc. g del C.P.P.F., dado que cumplió las obligaciones impuestas y no registra antecedentes penales computables.

Sobreseimiento Encubrimiento Contrabando de importacion Art. 874 ley 22.415 Art. 269 inc. g c.p.p.f. Suspension del proceso a prueba Juzgado federal Cumplimiento de condiciones Cigarrillos Reparacion del dano


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representada por la Sra. Auxiliar Fiscal Federal, Dra. Gabriela Calvó).
- Demandado / Imputada: Agustina Aldana Vergara.
- Objeto de la demanda: Solicitud de sobreseimiento en causa por presunto delito de “encubrimiento de contrabando de importación” (art. 874 inc. 1 “d” Ley 22.415), relativo al secuestro de 372 cartones de cigarrillos sin aval aduanero, valuados en $1.452.611,28 al momento del hecho.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al pedido y se sobresee total y definitivamente a Agustina Aldana Vergara por la comisión del delito de encubrimiento de contrabando de importación, en virtud de lo dispuesto por el art. 269 inc. g y concordantes del Código Procesal Penal Federal; regístrese y notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "De manera preliminar, se cede la palabra a la representante del Ministerio Público Fiscal, quien manifiesta que a la Sra. Agustina Aldana Vergara se le atribuyó el delito de encubrimiento de contrabando de importación, previsto y sancionado por el art. 874 punto 1 inc. d) de la Ley 22.415, en calidad de autora, en virtud de haber intervenido en un hecho ocurrido el 23/05/2023, cuando se le secuestro de su poder la cantidad de 372 cartones de cigarrillos de diferentes marcas que no tenían el correspondiente aval aduanero, y cuyo valor informado por la División Aduana Jujuy ascendió a la suma de un millón cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos once con veintiocho centavos ($1.452.611,28) a la fecha del hecho. ... Agrega que, el 06/03/2024 se resolvió suspender el proceso a prueba en relación a Agustina Aldana Vergara conforme las siguientes condiciones: 1) La realización de tareas comunitarias ... 2) Reparación del daño mediante la donación ... por la suma de cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000). 3) Observación de reglas de conducta..." "Manifestado lo anterior, oídas las partes del proceso y teniendo presente que Agustina Aldana Vergara cumplió con las condiciones impuestas en la suspensión del Proceso a Prueba, que no se plantearon nulidades y que no quedan cuestiones pendientes de resolver, existiendo acuerdo por parte de la fiscalía, la defensa y de la imputada respecto de la aplicación del inciso 'g' del artículo 269 y concordantes del Código Procesal Penal Federal, corresponde sobreseerla total y definitivamente."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; hubo acuerdo entre fiscalía, defensa y la imputada.

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