TORRES, JOSE ERNESTO c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamó el pago del coeficiente de bonificación por ley 19.485 para haberes previsionales de personal de fuerzas de seguridad. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, admitió la aplicación del art. 1 de la ley 19.485 y confirmó la imposición de costas a la demandada, remitiéndose además a precedente análogo.
¿Quién es el actor?
José Ernesto Torres.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.
- Objeto de la demanda: Pago del coeficiente de bonificación previsto en el art. 1 de la ley 19.485 sobre los haberes de retiro, con liquidación mensual a partir de la próxima liquidación y retroactividad por dos años (o desde la fecha de pase a retiro si fuera posterior), y demás prestaciones conexas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento de fs. 39/43 en todo en cuanto ha sido materia de apelación, impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios profesionales en un 30% de lo que se fije en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
"En el mismo decisorio, intimó a la demandada a practicar la respectiva liquidación de las retroactividades en el plazo de treinta (30) días de quedar firme el presente pronunciamiento, estableciendo que debe dicha parte indicar el plazo en el cual la sentencia será cumplida en el marco de la previsión presupuestaria prevista en el art. 170 de la ley nº 11672. Seguidamente, difirió la cuestión suscitada respecto del impuesto a las ganancias hasta el momento de contar con la liquidación definitiva."
"Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: 'PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En virtud del resultado que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR el pronunciamiento de fs. 39/43 en todo en cuanto ha sido materia de apelación. 2) COSTAS de Alzada a la demandada vencida. (art.68 CPCCN). 3) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que oportunamente se regule en la instancia de grado."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; el Dr. Javier M. Leal de Ibarra adhiere al voto del Dr. Aldo E. Suárez.
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