Incidente Nº 40 - IMPUTADO: BENITEZ, ALEJANDRO RODOLFO Y OTRO s/ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS
Recurso de casación contra la denegatoria de prisión domiciliaria por el defensor de Alejandro Rodolfo Benítez. La Cámara declaró inadmisible el recurso por entender que la resolución impugnada no es sentencia definitiva ni equiparable y que el agraviamiento del recurrente se reduce a una mera diferencia de valoración.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Defensor Oficial Dr. Enzo M. Di Tella, en representación de Alejandro Rodolfo Benítez.
Demandado: Contra la resolución del Tribunal Oral Federal de Corrientes que negó el pedido de prisión domiciliaria.
Objeto: Recurso de casación contra la resolución del 27/02/2025 que rechazó la prisión domiciliaria solicitada por la defensa.
Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el defensor y se ordenó registrar, protocolizar, notificar y archivar las actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Ello no obsta a que el impugnante tenga la posibilidad de presentarse en queja y el Tribunal ad quem reexamine la habilitación de su propia instancia."
"Que el recurso impetrado cumple con los requisitos formales, ha sido interpuesto por escrito, dentro del término legal (plazo de gracia), con firma de letrado, y el recurrente tiene capacidad y legitimación procesal."
"Sin perjuicio de ello, la resolución atacada no es sentencia definitiva ni equiparable, y no es de las contempladas en el art. 457 del CPPN, por lo que no puede ser objeto del recurso."
"el contenido de la pieza recursiva expone claramente, que su apoyo reside básicamente en un criterio de valoración distinto de aquél expuesto por la Resolución atacada, siendo que ello ha sido causa de inadmisibilidad expuesta por la Casación Penal en reiterados pronunciamientos."
"En consecuencia, siendo que la pretensión de la parte impugnante no ha brindado fundamentos y respuestas que despejen cualquier vicio de arbitrariedad que se le quisiera endilgar, corresponde desestimar el recurso articulado."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución se dictó por mayoría. Se deja constancia de la ausencia del Juez Dr. Juan Manuel Iglesias por licencia.
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