CARLON, CARLOS GUILLERMO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Central por reconocimiento de retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central (incapacidad fijada en 58,08%) y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen e imponer las costas de la instancia por su orden.
¿Quién es el actor?
CARLON, CARLOS GUILLERMO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Revisión del dictamen de la Comisión Médica Central en un expediente iniciado por retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241), impugnación del grado de invalidez reconocido.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen, imponiendo las costas de esta instancia por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes, al que la Sala se remite y da por reproducido por razones de brevedad, surge que las patologías que afectan al apelante, minuciosamente por ellos descritas y valoradas conjuntamente con los factores complementarios que establece el Anexo 1 del decreto 478/1998, según las circunstancias particulares del caso, provocan al recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 58 ,08% de la total obrera."
"En este orden, luego de analizar la situación del recurrente a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente “Sosa” (Fallos 340:2021), ponderando que las conclusiones médicas antes referidas no fueron objeto de impugnación alguna, corresponde confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central recurrido."
"Las costas se impondrán por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida."
- No existen votos en disidencia consignados en la parte resolutiva; la decisión de la Cámara es la confirmación del dictamen y la imposición de costas según lo transcripto.
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