SALINAS, MARISA ESTELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora inició demanda contra ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, pero modificó su resolutivo: declaró improcedente el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 para los devengados de julio-diciembre de 2017 y, además, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
SALINAS, MARISA ESTELA (actora/jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes previsionales y planteos de inconstitucionalidad de normas relativas a la movilidad y a DNU (art. 2 ley 27.426; art. 3 DNU 157/2018), además de cuestiones conexas (impuesto a las ganancias, aplicación de precedentes).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES en lo relativo al planteo de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia pero se rectificó su resolutivo para declarar improcedente el planteo de inconstitucionalidad del art. 2 respecto de las movilidades correspondientes a los períodos devengados de julio a diciembre de 2017; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de la instancia a la demandada; se regularon honorarios en 30% de lo fijado en primera instancia. (Ver Parte Resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"6.
- En cuanto a la inconstitucionalidad del Artículo 2 de la ley Nº 27.426 por los períodos devengados de julio a diciembre del 2017, entiendo que le asiste razón al Anses, y que dicha inconstitucionalidad resulta improcedente ello atento a la fecha en que la actora adquirió el derecho (agosto2021)."
"11.
- Que debe desestimarse el agravio relativo a las costas de la anterior instancia, atento que, en la sentencia de grado se hizo lugar parcialmente a los planteos formulados por la actora, entiendo que no le asiste razón a ANSeS, por los siguientes motivos: El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634) de fecha 22/06/2023, estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423 de honorarios profesionales... En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423..."
"En mérito a lo expuesto, corresponde confirmar el criterio sostenido en la sentencia recurrida en lo referente a la exención de pago de impuesto a las ganancias."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhieren al voto del Dr. Pérez Curci y el acuerdo contiene la Parte Resolutiva consignada.
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