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SALINAS, BLANCA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La representante del actor solicitó la regulación de honorarios por su actuación en segunda instancia contra ANSES por reajustes por movilidad. La Cámara Federal de Mendoza reguló los honorarios de la Dra. Marilina Sánchez en el 30% de lo fijado en primera instancia y ordenó su actualización al valor del UMA al momento del pago.

Honorarios Regulacion Segunda instancia Ley 27.423 Uma Anses Reajustes por movilidad Incidente Camara federal de mendoza Representacion letrada


¿Quién es el actor?

Salinas, Blanca Esther (representada por la Dra. Marilina Sánchez).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad (expediente sobre reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de regulación de honorarios en favor de la representante del actor, regulándolos en un treinta por ciento (30%) de lo que se fijó en primera instancia y disponiendo que "Los honorarios serán actualizados al valor del UMA al momento de su efectivo pago."
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Que el representante del actor Dra. Marilina Sánchez solicitó la regulación de honorarios por su actuación profesional en segunda instancia, conforme surge de las constancias de autos, los que fueron oportunamente diferidos." "Ingresando al análisis del caso, esta Sala entiende que corresponde realizar la regulación solicitada por profesional, en función de lo dispuesto por el art. 30 de la ley 27.423 'Por las actuaciones correspondientes a la segunda o ulterior instancia, se regularán en cada una de ellas del treinta por ciento (30%) al treinta y cinco por ciento (35%) de la cantidad que se fije para honorarios en primera instancia.'" "Es decir que los honorarios por la actuación profesional del solicitante deberán calcularse en un 30% de lo regulado en primera instancia (art. 30 ley N° 27.423)." "Que en mérito a lo expuesto, SE RESUELVE: REGULAR los honorarios del representante del actor Dra. Marilina Sanchez en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (arts. 30 y 51 ley N° 27.423), por su actuación profesional. Los honorarios serán actualizados al valor del UMA al momento de su efectivo pago."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el acuerdo publicado.

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