OJEDA, SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajuste de haberes previsionales y recálculo del haber inicial. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, ordenó el recálculo conforme a la doctrina Makler/Elliff, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y condenó en costas a ANSES.
¿Quién es el actor?
OJEDA, Silvia (actora/jubilada).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes y recálculo del haber previsional inicial (incluyendo Prestación Complementaria y Prestación Anual por Permanencia), nulidad/inconstitucionalidad de normas y resolución administrativa, exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos, y regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda de la actora; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas de esta instancia a la demandada y reguló honorarios de alzada en un 30% de lo que se fije por la primera instancia.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "Por sentencia de fecha 28/05/2024, el juez de primera instancia dispuso: 'I.
- HACER LUGAR a la demanda incoada por la actora contra ANSeS. II.
- DISPONER que ANSeS proceda al recálculo del haber inicial, por los servicios autónomos no sometidos a moratoria, habrán de considerarse el total de los años aportados a las categorías que revistó el afiliado a los valores vigentes al momento de solicitud de la prestación, siguiendo el temperamento adoptado en los fallos "MAKLER”. ... X.
- ORDENAR a ANSES pagar a favor del reclamante las diferencias entre los haberes percibidos y los recalculados con más los intereses a la tasa pasiva, que publica el Banco Central de la República Argentina hasta su efectivo pago. ... XIII.
- IMPONER las costas a la demandada vencida (art. 36º de la ley 27.423). XIV.
- DECLARAR exento del pago del impuesto a las ganancias a las retroactividades y los intereses que ANSeS debe abonar al actor.'"
- "Por las manifestaciones efectuadas voto por la NEGATIVA a la única cuestión propuesta. Así voto. ... En mérito del resultado que se instruye en el acuerdo precedente, por unanimidad, SE RESUELVE: 1º) NO HACER LUGAR al recurso interpuesto por la demandada y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada. 2°) DECLARAR la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e IMPONER las costas de la presente instancia a la demandada vencida (art. 36 de la ley nº 27.423 y art. 68, 1er párrafo CPCCN). 3º) REGULAR los honorarios de los profesionales intervinientes en esta Alzada en un treinta por ciento (30%) de lo que se fije para la primera instancia (art. 30 ley 27.423)."
Citas textuales relevantes empleadas por el Tribunal:
- "los lineamientos desarrollados (que fueron convalidados por el Alto Tribunal en el precedente 'Makler'), tienen plena vigencia..."
- "La norma es confiscatoria, porque de acuerdo a la liquidación que presenta la actora, viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y del principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
- "En consecuencia, las costas deben ser impuestas a la demandada vencida, en virtud del art. 68, 1° párrafo del CPCCN."
Disidencias:
- No se registran votos en disidencia; la decisión fue unánime entre los vocales presentes.
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