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FARIAS, JULIA ROSA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas que limitarían ese reajuste. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reajuste, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la vencida, fundando la decisión en precedentes sobre la naturaleza del retroactivo previsional y la protección de la cuantía jubilatoria.

Reajuste previsional Anses Retroactivos Impuesto a las ganancias Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas a la vencida Proteccion de la cuantia jubilatoria Ley 20.628 Ley 27.423


¿Quién es el actor?

FARIAS, JULIA ROSA (actora/jubilada beneficiaria de Prest. (PBU/PC /PAP)
- Moratoria).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales denegado en sede administrativa; impugnación de la aplicación de topes y de la retención por impuesto a las ganancias sobre retroactivos; y declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas art. 3 del DNU 157/2018).

¿Qué se resolvió?

La Cámara NO HIZO LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, CONFIRMÓ la sentencia de fecha 03/06/2024 que hizo lugar al reajuste. Además declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423 y no reguló honorarios para la letrada de la actora por no haber intervenido en alzada; reguló los de la demandada conforme al art. 2 de la Ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "El juez que actúa en el ámbito previsional debe proteger la cuantía de los haberes jubilatorios y en consecuencia revisar cualquier norma, cuya aplicación pueda representar una quita o disminución en el monto de dicho haber." "El artículo 20 inc. v) de la ley 20.628 establece que los montos provenientes de actualizaciones de créditos de cualquier origen o naturaleza están exentos del pago del impuesto a las ganancias... el retroactivo... conforma y comparte la naturaleza del mismo... y se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento." "El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 ('Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' de fecha 22/06/2023), estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423... Por lo dicho, y de acuerdo al resultado del proceso, en el que en definitiva se hace lugar a la pretensión principal del reajuste del haber, corresponde confirmar la imposición de costas de primera instancia a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
- Votos y disidencias: La resolución fue adoptada por unanimidad por los Dres. Juan Ignacio Pérez Curci y Manuel Alberto Pizarro; el Dr. Gustavo Castiñeira de Dios no firmó por licencia. No consta disidencia.

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