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LEGAL, MAURO IVAN c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

Reclamo administrativo por liquidación de la Compensación por Cambio de Destino por no incluir suplementos generales. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar al recurso de apelación de la demandada y revocó la sentencia de grado que había rechazado la demanda de Mauro Iván Legal, disponiendo la modificación de lo resuelto en primera instancia.

Recurso de apelacion Compensacion por cambio de destino Suplementos generales Antiguedad de servicio Ley 19.101 Prefectura naval argentina Reliquidacion Intereses Remision a precedente Sin costas de alzada


¿Quién es el actor?

Mauro Iván Legal.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Prefectura Naval Argentina.
- Objeto de la demanda: Reivindicación de la correcta liquidación de la "Compensación por Cambio de Destino" (CCD) por los períodos reclamados (2018, 2021 y 2023), solicitando la inclusión de suplementos considerados generales (especialmente suplemento por antigüedad de servicio) en la base de cálculo y reliquidación con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y, en consecuencia, revocó la sentencia de grado que rechazaba la demanda interpuesta por Mauro Iván Legal. Se dispuso que no haya costas de Alzada por no haber intervenido la contraria en el trámite del recurso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes del fallo): "la cuestión de fondo a resolver se circunscribe a determinar si corresponde hacer lugar a la solicitud de reliquidación de la compensación por cambio de destino abonada al actor en el período reclamado (2018,2021 y 2023) en virtud de que se habrían calculado por debajo de los parámetros reales al no incluir los adicionales que la parte actora entiende generales -específicamente, los suplementos por tiempo mínimo, antigüedad de servicio y grado máximo
- y que la demandada, en su oportunidad, consideró que no debían ser computados a estos fines." "Continuó haciendo un repaso de la normativa aplicable, citando por un lado, el art. 54 de la ley 19.101 en tanto establece que las asignaciones generales que se otorguen al personal en actividad se acordarán con el concepto de 'sueldo', mientras que el artículo 56 de la misma ley establece suplementos generales dentro de los cuales se encuentran los pretendidos por el actor para ser incorporados a la base de cálculo de la compensación por cambio de destino." "Establecido así el contenido de las normas reglamentarias que consideró directamente aplicables al caso, concluyó que el legislador pretendió reconocer un beneficio atado al máximo salario del escalafón y que el mismo incluía los suplementos generales." Además, el tribunal remite su decisión al precedente de la propia Alzada (Registro FCR 8533/2023, "ORTIZ CRISTIAN SEBASTIAN c/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE SEGURIDAD
- PREFECTURA NAVAL ARGENTINA"), señalando que "las consideraciones se ajustan plenamente al caso sub examine" y por motivos de economía procesal remite a dicho precedente. No obra voto en disidencia relevante en el acuerdo final.

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