Incidente Nº 3 - IMPUTADO: MEJIA VASQUEZ, ALEX SANDRO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado acusado por transporte de cocaína arribó a un acuerdo de juicio abreviado. El Juzgado homologó el acuerdo pleno y condenó a Alex Sandro Mejía Vásquez a 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas, inhabilitación absoluta y cumplimiento de la pena en detención domiciliaria; ordenó destrucción del estupefaciente y decomiso del celular.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal Federal; Auxiliar Fiscal Dra. Sofía Escudero).
Demandado: Alex Sandro Mejía Vásquez, boliviano, DNI/CIBOL indicados.
Objeto: Se formuló acusación por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737), por el hallazgo de 2.099,3 gramos (pericia: 2.008,51 g de clorhidrato de cocaína; pureza 82,3%-86,9%) ocultos al cuerpo del imputado.
Decisión: Se homologó el acuerdo pleno y se condenó a Alex Sandro Mejía Vásquez como autor penalmente responsable del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas (Ley 27.302), con inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y costas; se dispuso cumplimiento de la pena en domicilio denunciado (detención domiciliaria), la destrucción de la sustancia secuestrada y el decomiso del teléfono celular a favor del Estado; se ordenó que el cómputo de la pena lo haga el Juez de Ejecución una vez firme el resolutorio y se tuvo presente la renuncia a plazos procesales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I.
- TENER POR FORMULADA LA ACUSACION por parte del Ministerio Público Fiscal en los términos de los arts. 274 y 278 del CPPF en contra de Alex Sandro MEJÍA VÁSQUEZ... por aparecer incurso como autor penalmente responsable del delito transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por los art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737."
"II.
- CONDENAR a Alex Sandro MEJÍA VÁSQUEZ... a la pena de cuatro (4) años de prisión y multa de 45 unidades fijas, conforme a la ley 27.302 con más la inhabilitación absoluta por el tiempo que dure la condena establecida por el Art. 12 del Código Penal, con imposición de las costas del juicio, por ser considerado autor penalmente responsable del “delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por los art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737” y art. 45 del CP."
"III.
- DISPONER que la pena dispuesta se cumpla en el domicilio denunciado por el imputado..."; "IV.
- ORDENAR la destrucción de la sustancia secuestrada, de conformidad al art. 30 de la ley 23737."; "V.
- ORDENAR el decomiso del teléfono celular secuestrado, marca Samsung perteneciente a Alex Sandro Mejía Vásquez, en favor del Estado Nacional, por considerar que es producto del delito achacado (conf. art. 310 del C.P.P.F.)."
- Observaciones: No consta disidencia. El tribunal relevó la conformidad del imputado y la defensa al acuerdo pleno y valoró circunstancias personales (edad, ausencia de antecedentes, situación familiar) para fijar la pena en el mínimo de la escala y mantener la detención domiciliaria.
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