Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: COLMAN, OSCAR JOSE s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Condenan a Oscar José Colman por transporte de estupefacientes en grado de tentativa y dejan en suspenso la ejecución de la pena por dos años, imponiendo reglas de conducta y la obligación de una multa sustituida por $50.000 destinados al Hospital Cruz Felipe Arnedo. La Cámara –Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Formosa– lo condenó a tres años de prisión, homologó el acuerdo de juicio abreviado y ordenó el decomiso y destrucción del remanente de la droga, sin decomisar el celular secuestrado.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Luis Roberto Benítez, en el acuerdo de juicio abreviado).
- Demandado / Imputado: Oscar José Colman, DNI 22.927.244, domiciliado en Rivadavia Nº 745, ciudad de Clorinda.
- Objeto de la demanda: Enjuiciamiento por el delito de transporte de estupefacientes con destino ilegítimo, en grado de tentativa (art. 5° inc. c) ley 23.737), por envío de una encomienda que contenía 6.040 gramos de cannabis sativa; se tramitó mediante acuerdo de juicio abreviado.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a Colman a la pena de tres años de prisión por transporte de estupefacientes en grado de tentativa; se dejó en suspenso la ejecución de la pena condicionada al cumplimiento durante dos años de reglas de conducta (no cometer nuevos delitos y no relacionarse con personas vinculadas al tráfico de estupefacientes); se homologó la sustitución de la multa por $50.000 a favor del Hospital "Cruz Felipe Arnedo"; se dispuso el decomiso y destrucción del remanente del estupefaciente y se rechazó el decomiso del teléfono celular secuestrado; se regularon honorarios y se ordenaron remisiones al Registro de Reincidencia y publicaciones reglamentarias.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"La materialidad del hecho ... permiten considerar acreditado -con el grado de certeza exigido en esta etapa del proceso
- que el 17 de noviembre de 2022 ... se encontraron doce paquetes rectangulares envueltos en material plástico, con un peso total de seis mil cuarenta gramos (6.040)."
"La circunstancia de que el plan delictivo fuera interrumpido en su etapa de conato adquiere eficacia atenuante de la responsabilidad de Colman."
"Considero justo, por lo tanto, imponerle la pena de tres años de prisión. Como fuera acordado entre las partes, la ejecución de esta pena debe dejarse en suspenso al encontrarse reunidos los requisitos que prevé el artículo 26 del Código Penal …"
"Procede ordenar el decomiso y destrucción del remanente del material estupefaciente secuestrado de conformidad a lo previsto por el artículo 30 de la ley 23.737, modificado por el artículo 6° de la ley 27.302."
"No se ha invocado que el aparato de comunicación haya sido 'empleado para la comisión del delito' o que represente 'el beneficio económico obtenido por el delito' … Corresponde, en consecuencia, no hacer lugar al pedido formulado por el Sr. Fiscal General tendiente a que se provea el decomiso del aparato referido."
- Disidencias: No constan votos concurrentes o disidentes distintos al firmante; la resolución final es la que consta en la Parte Resolutiva.
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