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CALIVAR, CARLOS EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de PBU/PC/PAP: la Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia pero hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES respecto de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, rectificando el resolutivo para declarar improcedente ese planteo sobre las movilidades devengadas de julio a diciembre de 2017. Además, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada.

Reajustes previsionales Pbu/pc/pap Ley 27.426 Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Anses Impuesto a las ganancias Ley 27.423 Indice de actualizacion


¿Quién es el actor?

CALIVAR, Carlos Eduardo (titular de PBU/PC/PAP, beneficio desde 02/10/2019).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajustes de prestaciones previsionales (reajuste de la Prestación Básica Universal y cuestiones conexas: índices de actualización, exención de impuesto a las ganancias sobre retroactivos, aplicación de legislación y DNU).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la demandada en cuanto a la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; en consecuencia, se confirmó la sentencia de fecha 03/07/2024 y se rectificó el resolutivo III de la instancia de grado para que diga: "RECHAZAR el planteo de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 sobre las movilidades de los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017, por improcedente." Asimismo, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de la presente instancia a la demandada vencida. No se regularon honorarios por no intervenir la letrada de la actora; tampoco se regularon para la letrada de la demandada por el art. 2 de la Ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto al planteo de ANSES referido a la ley N° 27.541, se advierte que el a quo se refirió a la temática planteada, resolviendo en consonancia con el criterio mayoritario de esta cámara." "c.
- En primer lugar, cabe resaltar que la parte actora obtiene su beneficio en mayo de 2019, es decir que es alcanzado por la sanción de la ley nº 26.417... En el caso de autos ello implica que la discusión sobre la procedencia o no del índice ISBIC resulte árida pues el beneficio no es alcanzado por la jurisprudencia de la Corte Suprema...". "f.
- En lo que respecta al agravio referido a las costas de la anterior instancia... El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423... Por lo dicho, y de acuerdo al resultado del proceso, en el que en definitiva se hace lugar a la pretensión principal del reajuste del haber, corresponde confirmar la imposición de costas de primera instancia a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). De igual manera... se impondrán las costas del presente recurso a la vencida ANSES."
- Disidencias: no hubo; los tres jueces adhieren al voto que obra en el expediente y la resolución se adoptó por unanimidad.

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