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RIVAS FELIPE ROSARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamaron reajustes varios y revisión del haber inicial y la PBU contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al de la demandada y difirió la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución; confirmó la sentencia en lo demás.

Reajustes varios Pbu Revision del haber inicial Movilidad previsional Ley 27.541 Quiroga Elliff Anses Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

RIVAS FELIPE ROSARIO.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios —redeterminación del haber inicial, movilidad de haberes previsionales y determinación del valor de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso deducido por la actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada, disponiendo que el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU se difiera para la etapa de ejecución conforme al precedente "Quiroga"; confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales importantes): II. "Que la representación letrada de la accionada se alza en primer término, contra el recálculo del haber inicial... Por su parte, la actora persigue la inconstitucionalidad de las leyes 27.426, 27.541, 27.609 y sus decretos reglamentarios." II. "En aras a alinear la decisión sobre revisión del haber inicial de la prestación -cuya fecha de adquisición del derecho data al 25 de julio de 2016-, cabe tener presente los lineamientos establecidos por la C.S.J.N. en el precedente 'Elliff, Alberto José c/Anses s/Reajustes varios'... En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive... A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417." III. "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión que se tuvo en cuenta en la etapa de ejecución por parte del Tribunal en los precedentes 'SADOFSCHI'... en atención al estado de autos corresponde diferir el tratamiento del planteo para la etapa procesal oportuna, ello de conformidad con lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA'." V. "En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada... no se evidencia irracionalidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." VII. (dispositivo) "Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el recurso deducido por la actora y hacer lugar parcialmente al de la demandada y, por ello, diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme 'Quiroga'; 2) Confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios... 3) Costas por su orden en la Alzada... y 4) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora... en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el bloque resolutivo ni en el texto puesto a disposición; la decisión consignada corresponde al acuerdo de la Sala.

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