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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OYARZO SAQUILAN, ANDRES Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Dos imputados fueron enjuiciados por tenencia simple de estupefacientes y se acordó un juicio abreviado. El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz homologó el acuerdo y condenó a ambos a cuatro años de prisión efectiva, multa de $225 y costas, disponiendo además la destrucción de la droga y el decomiso de bienes.

Tenencia simple Ley 23.737 Juicio abreviado Incineracion Decomiso Marihuana 6167 3 g Condena 4 anos prision efectiva Multa $225 Tribunal oral federal Entrega vigilada

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía que suscribió el acuerdo, Dra. Patricia Kloster en representación de la Fiscalía Subrogante / Área de Transición UFRG). Demandado: Andrés Oyarzo Saquilan (DNI 43.282.493) y Lautaro Eloy Suarez (DNI 40.284.052). Objeto: responsabilidad penal por transporte/tenencia de estupefacientes vinculada a encomienda que contenía 6.167,3 gramos de cannabis sativa (marihuana), imputada inicialmente como transporte (art. 5 inc. c Ley 23.737) y finalmente reformulada como tenencia simple (art. 14 ley 23.737) mediante acuerdo de juicio abreviado art. 431 bis CPPN. Decisión: El Tribunal homologó el juicio abreviado y condenó a Andrés OYARZO SAQUILAN y a Lautaro E. SUAREZ como coautores del delito de TENENCIA SIMPLE DE ESTUPEFACIENTES (art. 14, ley 23.737; art. 45 CP) imponiendo a cada uno pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO, MULTA de pesos doscientos veinticinco ($225) y el pago de las costas; además dispuso la destrucción por incineración del material estupefaciente, el decomiso de bienes e instrumentos secuestrados y ordenó el cómputo de la pena una vez firme la sentencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Convalidando los términos del acuerdo de juicio abreviado y el reconocimiento del hecho que ratificaran en la audiencia celebrada a los fines del art. 431 bis CPPN, tengo por probado que OYARZO SAQUILAN y SUAREZ ejercían el control sobre el material estupefaciente secuestrado, en el momento en que se presentaron para retirar la encomienda... Este hecho fue constatado a las 18:45 horas del día 23 de mayo de 2024, en el marco de la orden de entrega vigilada..." "La peritación química Nº 127.778/2024 ... determinó que la muestra analizada correspondía a cannabis sativa (marihuana), con un peso total de 6167,3 gramos, equivalente a 43.739 dosis umbrales." "Coincido con el análisis de la Sra. Fiscal en orden a que la prueba colectada en el caso de marras, no permite afirmar, con el grado de certeza requerido para una sentencia condenatoria, el delito de transporte de estupefacientes... En este sentido, entiendo que el encuadramiento típico en la figura de la tenencia simple de estupefacientes... es apropiado." "Por consiguiente, visto al acuerdo suscrito por las partes, el suscripto observa razonable la petición punitiva fiscal; por lo que aquí he de homologarla."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Federal integrado unipersonal y la parte resolutiva es la homologación y condena conforme se transcribe.

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