Incidente Nº 1 - ACTOR: OCAÑO, HUGO OSCAR DEMANDADO: ANSES s/INC APELACION
Amparo por mora contra ANSES solicitando la pronta resolución de trámite administrativo y liquidación de beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza declaró abstracta la cuestión por haberse cumplido la actuación administrativa y la efectiva liquidación del beneficio, impuso las costas a ANSES y reguló honorarios al 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
OCAÑO, HUGO OSCAR.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Amparo por mora (reajustes varios) para obtener la resolución administrativa y la liquidación de un beneficio jubilatorio (expediente administrativo N°024-20-10755584-7-004-000001), invocando art. 28 Ley 19.549.
¿Qué se resolvió?
Se declaró abstracta la cuestión debatida por haberse verificado con anterioridad al pronunciamiento judicial que ANSES realizó las actuaciones pertinentes y la efectiva liquidación del beneficio; se impusieron las costas a la parte demandada y se regularon honorarios de los profesionales en un 30% de lo regulado en primera instancia, con reglas de pago equivalentes en UMA según Ley N° 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"El amparo por mora no tiene por objeto que el Poder Judicial se pronuncie sobre el fondo de la cuestión, sino únicamente que la Administración cumpla con su deber de resolver. Su fundamento radica en la obligación que recae sobre el órgano administrativo de emitir una decisión respecto de las peticiones formuladas por los particulares legitimados."
"De las manifestaciones expuestas por la actora y del informe remitido por ANSES, se desprende que el organismo demandado llevó a cabo las gestiones administrativas necesarias para resolver lo solicitado. Asimismo, de la consulta en el sistema de ANSES, se verificó la efectiva liquidación del beneficio jubilatorio en favor de la parte actora."
"En este contexto, considerando que el amparo por mora tiene por objeto compelir a la autoridad competente a dictar el acto administrativo pendiente, resulta evidente que dicho propósito ha sido alcanzado. En efecto, la situación de hecho del caso se ha visto sustancialmente modificada con anterioridad al dictado de la presente sentencia, ya que ANSES ha realizado las actuaciones pertinentes para impulsar el expediente administrativo, lo que torna inoficioso el objeto del reclamo y habilita a declarar abstracta la cuestión planteada."
- Costas y honorarios: Se impusieron las costas a ANSES (art. 68 CPCCN) y se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia, con un mecanismo de pago definitivo equivalente en UMA conforme Ley N°27.423.
- Votos: El Dr. Juan Ignacio Pérez Curci votó por declarar abstracta la cuestión y regular costas y honorarios; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira y Manuel Alberto Pizarro adhirieron al voto que antecede. No hubo disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: