Logo

GIORDANO, DANIEL HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de haberes jubilatorios y declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de ambas partes, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a ANSeS, regulando honorarios en 30% de lo fijado en primera instancia.

Reajuste de haberes Anses Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Ley 24.241 art. 25 Topes imponibles Costas Honorarios ley 27.423 Seguridad social Isbic/ripte (indices) Agente de retencion


¿Quién es el actor?

GIORDANO, DANIEL HECTOR (actor/jubilado).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes jubilatorios y planteo de inconstitucionalidad de normas aplicadas (art. 25 y art. 9 ley 24.241; impugnación de aplicación de índices y gravámenes sobre retroactivos).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza
- Sala B NO HIZO LUGAR a los recursos de apelación interpuestos por la actora y por ANSES, y CONFIRMÓ la sentencia de fecha 09/08/2024 en cuanto fueron motivo de agravios. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada (ANSeS) respecto de su recurso y por su orden en el incoado por la actora (art. 36 ley 27.423), y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia): 1) “Que contra la resolución de fecha 09/08/2024, ambas partes interponen recurso de apelación.” (introducción a los agravios). 2) “Tal precedente resulta de aplicación al caso en estudio, habida cuenta que la actora también obtuvo su beneficio a los términos de la ley 24.241 ‘... cuyo régimen adoptó el establecimiento de un límite máximo, por sobre el cual no debían efectuarse aportes con destino a la seguridad social. Este tope fue fijado inicialmente como un múltiplo de las unidades de cuenta del sistema (AMPO y MOPRE) y posteriormente establecido como una suma determinada…’ (considerando 7). Ello así, le asiste razón al sentenciante en cuanto a que la accionante (al igual que en el caso del Sr. Gualtieri), no aportó sobre la totalidad de sus ingresos, por lo cual la prohibición de cómputo contenida en el art. 25 no es más que la lógica consecuencia de la falta de cotizaciones.” 3) “En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley Nº 27.423, que establece: ‘En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...’”
- Disidencias relevantes: No existen votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar