Incidente Nº 4 - DENUNCIADO: MORENO FREDES, MARCELO DANIEL Y OTRO s/Audiencia Multipropósito General
Audiencia por acuerdo pleno en causa por tenencia de estupefacientes: se homologó el acuerdo y se condenó a Marcelo Moreno a 2 años y 6 meses de prisión efectiva y multa de 28 unidades fijas. Se suspendió el proceso a prueba respecto de Jennifer Cortez por un (1) año con reglas de conducta y se ordenó el decomiso del teléfono y la destrucción de las sustancias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Dra. Eugenia Abihaggle) y Fiscal Revisor.
Demandado: Marcelo Daniel MORENO FREDES y Jennifer Elizabeth CORTEZ (HURTADO).
Objeto: Homologación de un acuerdo pleno y resolución de audiencia de suspensión del proceso a prueba; determinación de responsabilidad por tenencia de estupefacientes y imposición de penas/reglas de conducta.
Decisión: Se hizo lugar al acuerdo pleno. 1) Se condenó a Marcelo Daniel MORENO FREDES a dos (2) años y seis (6) meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa de veintiocho (28) unidades fijas y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de tenencia de sustancia estupefaciente (art. 14, primera parte, Ley 23.737) en calidad de autor (art. 45 C.P.), declarándolo reincidente (art. 50 C.P.). 2) Se suspendió el proceso a prueba respecto de Jennifer Elizabeth CORTEZ por el término de UN (1) AÑO, imponiéndosele reglas de conducta (fijar residencia y control mensual por DECAEP; abstenerse de usar estupefacientes; realizar 8 horas mensuales de trabajo no remunerado por un año) y se ordenó el decomiso del teléfono de Moreno y la destrucción de las sustancias secuestradas, con reserva de muestras para pericias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"III
- Oídas las partes, conforme lo dispuesto por los arts. 305 y 325 del Código Procesal Penal Federal, tomando en consideración la conformidad expresada por los causantes en forma libre y voluntaria respecto a los términos del acuerdo referido por el representante del Ministerio Fiscal, así como la conformidad prestada por el Fiscal Revisor, en función de lo previsto en el art. 324 del C.P.P.F., se valoraron los extremos expuestos y aportados por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa interviniente, y se resolvió HACER LUGAR al acuerdo pleno en los términos en los que ha sido realizado y de conformidad con lo previsto por el art. 323 del C.P.P.F., fallando en el siguiente sentido: 1) CONDENANDO a Marcelo Daniel MORENO FREDES... 2) Declarándolo reincidente... 3) SUSPENDIENDO el PROCESO A PRUEBA respecto de Jennifer Elizabeth CORTEZ... disponiendo el decomiso del teléfono celular correspondiente a Marcelo MORENO y la destrucción de la sustancia estupefaciente conforme lo establece el art. 23 del C.P y 310 del C.P.P.F., previa reserva de muestras..."
"IV
- Corresponde, entonces, exponer la inteligencia que me llevó a adoptar la decisión previamente consignada... justipreciadas las probanzas referidas que constan en el acuerdo celebrado y lo manifestado por las partes en la audiencia de acuerdo pleno, puede tenerse por cierta la participación de MORENO en el hecho atribuido, y por válidos y aceptados por el nombrado los antecedentes probatorios en que se funda la acusación."
"V
- Tal como han quedado fijados los hechos y la responsabilidad que al imputado se le adjudica, corresponde proceder a efectuar el encuadre jurídico de su conducta... Por consiguiente, resulta válida la tipificación legal dada y pena requerida por la Representante del Ministerio Público Fiscal, así como también la aceptación brindada por el imputado al encuadre legal dado a su accionar, con su consecuente responsabilidad penal."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el expediente.
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