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MARTINEZ, JUAN CARLOS c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Apelaron la diferida regulación de honorarios por actuación profesional en acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Caja de Retiros de la Policía Federal. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar a la apelación y modificó la resolución para regular honorarios en 28 UMA ($1.893.696), ordenando el registro de deuda y sin costas.

Honorarios Uma Ley 27.423 Apelacion Accion declarativa de inconstitucionalidad Caja de retiros Monto indeterminado Registro de deuda Sin costas Camara federal de mendoza


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Martínez (parte actora, representado por Dr. José Francisco Miranda Groppa).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otro.
- Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad del DNU 679/97 y pedido de liquidación de haberes, ceses de retenciones y restitución de sumas descontadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y modificó la sentencia de primera instancia para regular los honorarios del Dr. José Francisco Miranda Groppa en 28 UMA, equivalentes a $1.893.696 (valor UMA $67.632 conforme Resolución 237/2025), ordenando que las sumas se abonen al valor vigente del UMA al momento del pago y que la demandada tramite el registro de deuda en concepto de honorarios. Sin costas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Es criterio de esta Cámara, en casos análogos, considerar que el presente proceso es de los llamados procesos de 'monto indeterminado' o 'sin monto', por lo que la cuantía de los honorarios profesionales es independiente de las sumas que –en más o en menos
- arrojen las distintas liquidaciones en cada caso concreto, si las hubiere." "Consecuentemente, corresponde regular los honorarios profesionales siguiendo las pautas que establece el art. 16 y 48 última parte de la ley N° 27.423." "En virtud de ello, teniendo en cuenta la labor desarrollada por los representantes del actor, apreciada la misma en su novedad, calidad, eficacia y extensión, y en aplicación estricta de los arts. 48 y 20 de la ley N° 27.423, corresponde regular en 28 UMA los honorarios profesionales de la parte actora, en el doble carácter, representados en la suma de $1.893.696 conforme la Resolución 237/2025, que fija el valor UMA en $67.632."
- Votos / disidencias: La decisión fue unánime; no se registran votos en disidencia.

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