Logo

BENAVIDEZ, ROCIO CELESTE c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Reclamó la actora la incorporación de la bonificación zonal (ley 19.485) a su haber de retiro y el pago de sumas adeudadas; la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó el pago de las sumas adeudadas con intereses y cargó las costas de Alzada a la demandada, regulando honorarios en un 30%.

Bonificacion zonal Ley 19.485 Caja de retiros Jubilaciones y pensiones Recurso de apelacion Costas Honorarios Precedentes Tasa pasiva bcra Camara federal de comodoro rivadavia


¿Quién es el actor?

Rocío Celeste Benavidez.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Incorporación de la bonificación zonal prevista por la ley 19.485 al haber de retiro y pago de las sumas adeudadas por la bonificación zonal del período bienal anterior a la promoción de la demanda, con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de fs. 36/40 en todo cuanto fue materia de apelación; impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de lo que oportunamente se fije en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "I.
- De las constancias de autos surge que el señor juez federal de la ciudad de Esquel admitió la demanda deducida por Rocío Celeste Benavidez contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y, en consecuencia, ordenó a la condenada a incorporar en sus haberes de retiro del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485, en la medida que continúe residiendo en el ámbito geográfico de aplicación de la norma. Asimismo, ordenó el pago de las sumas adeudadas respecto de la bonificación zonal por el período bienal anterior a la promoción de la demanda con más los intereses correspondientes calculados a la tasa pasiva que elabora el BCRA. Finalmente, en el mismo decisorio, impuso las costas a la vencida y difirió la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para el momento procesal oportuno." "IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 17385/2019, in re: “PALACIO, JUAN CARLOS Y OTROS c/ CAJA DERETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL (C.R.J.P.P.F.) s/REAJUSTE DE HABERES”, con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse." "En efecto, la solución que corresponde adoptar en el presente encuentra adecuada respuesta con las argumentaciones allí vertidas, por lo que, considerando la gran cantidad de expedientes que tramitan ante esta Alzada y que reconocen similar objeto; y con el propósito de optimizar los recursos materiales evitando un innecesario gasto de insumos, que deben ser adecuadamente administrados, entendemos suficiente la remisión al precedente citado..."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; el Dr. Javier M. Leal de Ibarra adhiere al voto precedente.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar