LOPEZ, JORGE c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
El actor demandó a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por retenciones realizadas conforme al decreto 679/97, solicitando cese de descuentos y pago de retroactivos. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró la inconstitucionalidad del decreto y ordenó el cese del descuento, el pago de las sumas retenidas por el bienio anterior con intereses y la exclusión del impuesto a las ganancias sobre las sumas retroactivas; además impuso costas a la demandada y reguló honorarios en alzada.
¿Quién es el actor?
LOPEZ, JORGE.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Se impugnó la retención del 3% sobre el haber mensual prevista por el Decreto N° 679/97; se solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto, el cese del descuento, el pago de las sumas retenidas por el período bienal anterior a la demanda con intereses y la exclusión del impuesto a las ganancias sobre las sumas retroactivas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia (fs. 41/46) en todo cuanto fuera materia de agravio; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y regularizó los honorarios de los profesionales intervinientes en esta alzada en el 30% de lo regulado en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia definitiva de fs. 41/46 ... por cuanto dispuso declarar la inconstitucionalidad del decreto N° 679/97 y admitió la demanda deducida por el actor contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. En el mismo decisorio, ordenó el cese en el descuento sobre su haber mensual del 3% previsto por la norma cuya inconstitucionalidad declaró. Seguidamente, ordenó el pago de las sumas adeudadas por la retención del porcentaje aludido, por el periodo bienal anterior a la interposición de la demanda, con más los intereses correspondientes a la tasa pasiva del BCRA. Asimismo, declaró la exclusión del pago de impuesto a las ganancias sobre las sumas retroactivas que corresponda percibir a la parte actora."
"Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 8618/2021 'CAMPO, ENRIQUE c/ ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s /CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse."
"En lo que atañe al agravio referido a las costas, cabe confirmar su total imposición a la demandada vencida, por no existir razones que justifiquen apartarse del principio general de la derrota contenida en el art. 68 del CPCCN."
- Votos y disidencias: El Dr. Aldo E. Suárez pronunció el voto que motiva la resolución; el Dr. Javier M. Leal de Ibarra adhirió al voto precedente. No consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: