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NEBRO, LAURA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas por ANSES. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES: modificó la sentencia de primera instancia para negar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 respecto de un beneficio adquirido el 04/05/2023, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la Alzada a ANSES.

Reajustes previsionales Ley 27.426 Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Costas Anses Derecho adquirido Retroactivos Seguridad social


¿Quién es el actor?

NEBRO, Laura Beatriz (actora demandante).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haber previsional; se pedía, entre otros puntos, declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, la exención del impuesto a las ganancias sobre retroactivos y la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se discutieron además costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, modificó el resolutivo de la sentencia de primera instancia para establecer que “No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art 2 de la ley n°27.426, por resultar improcedente conforme fecha de adquisición del beneficio”. Además, la Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la presente instancia a la demandada vencida (ANSES). No se regularon honorarios por no haber intervenido los profesionales pertinentes en la Alzada.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales relevantes): “De las constancias de autos surge que el actor adquirió el derecho el día 04 de mayo de 2023.” “Que debe desestimarse el agravio relativo a la omisión de aplicación del límite de la doctrina del fallo ‘Villanustre’... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241, en el cual el haber inicial no está determinado en un porcentaje de cierto haber de referencia (cfr. sus arts. 20 y cc., 24 y cc. y 30 y cc.).” “En el presente caso nos encontramos ante un beneficio jubilatorio obtenido en fecha 04/05/2023. La ley n°27.426 se encontraba en plena vigencia, no se afectan derechos adquiridos ni se superponen los tiempos de aplicación con la ley anterior, por lo que no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad.” Sobre impuesto a las ganancias y retroactivos: “La Corte declara la inconstitucionalidad de la norma, precisamente porque el haber del jubilado, sin importar su vulnerabilidad, no constituye una ganancia en términos técnicos legales susceptible del tributo en cuestión... el retroactivo, que comprende justamente la actualización monetaria de los montos del haber –capital inicial e intereses-, conforma y comparte la naturaleza del mismo, pero se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento.” Respecto de costas: “El Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018... y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423... corresponde confirmar la imposición de costas de primera instancia a ANSES (arts. 68 y 71 del CPCCN y 36 de la ley 27.423). ...se impondrán las costas del presente recurso a la vencida ANSES.”
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira de Dios adhirieron al voto del Dr. Pérez Curci.

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