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POBLETE, OSCAR ROBERTO c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Reclamo de jubilado contra la Caja por aplicación de DNU y liquidación de haberes. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios al 30% sobre lo previsto en primera instancia.

Caja de retiros Inconstitucionalidad Dnu 157/2018 Dnu 679/97 Prescripcion Costas Honorarios 30% Uma Seguridad social Apelacion confirmada


¿Quién es el actor?

Oscar Roberto Poblete (actor en autos).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal y otros (codemandadas).
- Objeto de la demanda: acción meramente declarativa de inconstitucionalidad y reclamo de liquidación de haberes con límite de descuento previsional (se cuestionaron el DNU 679/97 y la aplicación de otras normas, y se discutió la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; además se plantearon cuestiones de prescripción y forma de ejecución del pago).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y, por ende, se confirmó la sentencia de primera instancia en lo materia de apelación y agravios; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de la instancia a la demandada vencida; se regularon honorarios de los profesionales intervinientes en un treinta por ciento (30%) de lo previsto en primera instancia, pagaderos al valor vigente del UMA al momento del pago; no se regulan honorarios para la representación letrada de las codemandadas conforme art. 2 de la Ley 27.423.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) “La sentencia del a-quo no analiza sustancialmente si corresponde o no el aumento porcentual, tampoco se refiere a su justicia o conveniencia, sino que se limita a manifestar que no se cumplimentan los requisitos para el DNU.” 2) “En dicho fallo el más alto tribunal ha resuelto que ‘no se encuentran satisfechos los recaudos constitucionales para el dictado del decreto impugnado’... En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97.” 3) “La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la Ley N°23.267 dada su similitud con el art. 82 de la ley N°18037... La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la ley N°23.267 dada su similitud con el art. 82 de la ley N°18037.” 4) “En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley 27.423, que establece: ‘En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...’”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pérez Curci, Castiñeira de Dios y Pizarro acordaron y resolvieron por la afirmativa.

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