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CAPMANY, CARLOS ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios relativos a la determinación del haber jubilatorio inicial y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.

Capmany Anses Reajustes varios Haber inicial Isbic Ripte Dnu 157/2018 inconstitucionalidad Costas Impuesto a las ganancias Ley 27.423


¿Quién es el actor?

CAPMANY, CARLOS ALEJANDRO.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios para la determinación del haber inicial jubilatorio (aplicación del índice ISBIC vs RIPTE/índice combinado), tratamiento del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, costas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación de ANSeS y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impusieron las costas a la demandada; no se regularon honorarios de la representación de la actora por no intervenir en la Alzada y se dispuso que los honorarios de ANSeS se rigen por el art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En cuanto al agravio sobre la determinación del haber inicial de los aportes realizados en relación de dependencia corresponde ratificar lo dispuesto por el Sr. Juez a quo, ya que se ha aplicado correctamente la doctrina del leading case 'Elliff'... Allí se ordenó la aplicación sin la limitación temporal del índice de los salarios básicos de la industria y la construcción
- personal no calificado-, adoptado por la resolución de ANSES 140/95." 2) "En cuanto al pedido del ANSES referido a la sustitución del ISBIC por el índice RIPTE... la cuestión encuentra adecuada respuesta en el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación... 'Blanco, Lucio O. c. ANSeS s/ reajustes varios'... la Corte concluyó que con la resolución N°56/2018 ANSeS se arrogó una facultad que ya no poseía..." 3) "En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley Nº27.423... Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Disidencias: No hubo disidencia; los Dres. Pérez Curci y Pizarro adhieren al voto del Dr. Castiñeira de Dios.

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