CORTEZ, EDUARDO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Cortez reclamó reajustes previsionales de la Prestación Básica Universal contra ANSeS por el recálculo del haber inicial y la aplicación de normas y DNU. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSeS: modificó la declaración sobre la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 por la fecha de adquisición del beneficio, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la parte demandada.
¿Quién es el actor?
CORTEZ EDUARDO RAMON.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal (PBU), incluyendo pedido de recálculo del haber inicial, actualización conforme precedentes (Elliff, Quiroga, Makler) y declaración de inconstitucionalidad de normas (art. 2 ley 27.426; art. 3 DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza, Sala B, hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido por ANSeS y, en consecuencia, modificó el punto III del resolutivo de la sentencia de primera instancia para disponer que “No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art 2 de la ley n°27.426, por resultar improcedente conforme fecha de adquisición del beneficio”. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada perdidosa; no reguló honorarios de la representación de la actora por no haber intervenido en esta instancia y remitió la regulación de los honorarios de ANSeS al art. 2 de la ley arancelaria.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) “De la misma manera, se ha afirmado: ‘Siguiendo la inveterada doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación focalizada en la integralidad e irrenunciabilidad de las prestaciones de la seguridad social, a fin de evitar situaciones de desigualdad entre los beneficiarios por la fecha en la que obtuvieron su beneficio previsional, y toda vez que la suma de $326 (art.4 Ley 26.417), no refleja el resultado de la variación del módulo previsional (MOPRE) para los períodos posteriores al año 1997, tal como lo sostuvo esta Sala en el precedente “Rajtman”, correspondería revocar lo resuelto en la instancia anterior.’”
2) “Al respecto esta Sala ya se expidió en la causa Nº FMZ 28114/2016/CA1, caratulados: ‘DI LORENZO CARLOS FELIZ C/ANSES s/ Reajustes varios’ de fecha 06/10/2020 a cuyo fundamento me remito y donde dirimió la cuestión sobre el retroactivo.”
3) “En mérito del resultado que antecede, SE RESUELVE: 1°) HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación deducido por ANSES y, en consecuencia, MODIFICAR el punto III del resolutivo de la sentencia de primera instancia, que quedará redactado de la siguiente manera: ‘No corresponde declarar la inconstitucionalidad del art 2 de la ley n°27.426, por resultar improcedente conforme fecha de adquisición del beneficio’. 2º) DECLARAR la inconstitucionalidad del art 3 del DNU 157/2018 e IMPONER las costas a la demandada perdidosa (art. 36 de la ley nº27.423).”
- Disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Pérez Curci y Castiñeira de Dios adhirieron al voto del Dr. Pizarro.
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