OTERO, MABEL OLGA c/ MEDICUS S.A. DE A.M. Y C s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió amparo contra Medicus S.A. por incrementos en las cuotas de medicina prepaga derivados del DNU 70/2023. La Cámara Federal de La Plata hizo lugar al recurso de apelación, revocó la sentencia de grado y admitió la acción conforme al precedente “Ramírez”, imponiendo costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
OTERO, MABEL OLGA (parte actora).
¿A quién se demanda?
Medicus S.A. de A.M. y C.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo (Ley 16.986) contra incrementos en las mensualidades del servicio de medicina prepaga (aumentos surgidos a raíz del DNU 70/2023), cuestionando su razonabilidad y afectación de derechos de los usuarios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la decisión de grado y se admitió la acción de la parte actora con el alcance del precedente citado; costas de ambas instancias a la vencida (Medicus S.A.) y comunicaciones por Lex100 al juzgado interviniente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"2. Ahora, en este estadio procesal, corresponde emitir un juicio sobre el fondo del asunto a la luz de la postulación de la accionante. En tal sentido, debe descartarse que la cuestión analizada haya perdido virtualidad ni se haya tornado abstracta. Ello es así, en tanto, la parte actora demostró suficientemente el interés en obtener un pronunciamiento y la esencia del planteo mantiene actualidad, circunstancias que justifican una respuesta jurisdiccional."
"3. Las circunstancias e implicancias del asunto fueron analizadas y resueltas por este Tribunal en el precedente “Ramírez” (FLP 2570/2024, resolución 24/10/24...) a cuyo desarrollo y conclusiones cabe remitir por resultar análogo y aplicable al caso de autos. (iv) El actuar de la empresa demandada, en cuanto al modo de disponer los aumentos no es razonable y contradice -además
- las normas de protección de los usuarios y consumidores. El Poder Ejecutivo ha desarrollado un accionar mudable respecto a la regulación de la medicina prepaga. Pero es claro que se opuso judicialmente a los incrementos que habían nacido del decreto de necesidad y urgencia que dictó. Esta circunstancia es singularmente relevante y refuerza la conclusión alcanzada respecto de la irrazonabilidad de los aumentos."
"III. Por tanto, en atención a los argumentos previamente expuestos, SE RESUELVE: hacer lugar al recurso de apelación, revocar la decisión motivo de agravio y admitir la acción de la parte actora con el alcance del precedente citado. Costas de ambas instancias a la vencida Medicus S.A.(art. 68 CPCCN)."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en el texto suministrado. El acuerdo final corresponde al texto transcripto.
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