(S/1) GATTONI, RICARDO VALENTIN c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
El actor reclamó la incorporación del suplemento zona austral (ley 19.485) en su haber de retiro y el pago de sumas devengadas desde octubre de 2020. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca rechazó el recurso de la demandada y confirmó la sentencia que hizo lugar, sosteniendo que el adicional no tiene naturaleza previsional y debe reconocerse conforme a la finalidad demográfica de la ley.
¿Quién es el actor?
Ricardo Valentín Gattoni.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina.
- Objeto de la demanda: Incorporación en el haber de retiro del suplemento por "zona austral" previsto en la ley 19.485 y pago de las sumas retroactivas devengadas desde octubre de 2020, con intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con costas a cargo de la demandada; además reguló honorarios profesionales conforme al párrafo final del primer voto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"Esta interpretación de aquel precepto que consagra el beneficio resiste, perfectamente en mi criterio, el concienzudo análisis exegético sobre el que reposa el criterio contrario argüido en el fallo apelado. Examen éste que no resulta fecundo no porque sea infundado —que no lo es— sino porque ha prescindido de un elemento que juzgo definitorio para zanjar la controversia."
"Éste consiste en que la medida adoptada a principios de la década de 1970 —y que se mantiene hasta el presente— fue la de incorporar un ingrediente que coadyuvase al programa de afincamiento y crecimiento demográfico de la región sur del país, posibilitando su desarrollo... Ese propósito de la norma no mutó pese al tiempo transcurrido: no otra conclusión cabe si se tiene en cuenta que treinta y seis años más tarde, al modificarse esa disposición por medio del decreto 1472/08, expresamente se consideró para su dictado: 'Que las Leyes Nros. 19.485 y 25.955 han permitido coadyuvar al programa de afincamiento y crecimiento demográfico, posibilitando el desarrollo regional y atendiendo a las necesidades sociales, de las Provincias de …'."
"No juega aquí el derecho previsional si se piensa que el beneficio se obtiene por residir en la zona demarcada por la ley y, coherentemente, se pierde si el beneficiario muda su residencia a algún punto del territorio ubicado fuera de aquélla, funcionamiento éste que resulta incongruente con reputarlo como beneficio de índole previsional."
"En orden al planteo prescriptivo... esta cámara mantiene el criterio según el cual el beneficio en cuestión carece de naturaleza previsional ... y, por lo tanto, la norma invocada por la demandada resulta inaplicable."
Asimismo, el voto propone "regular los honorarios de alzada de la dirección letrada de la parte actora en un 32% de aquellos que se fijen en la instancia anterior (art.30, ley 27.423)."
(No hubo voto en disidencia relevante: ambos jueces firmantes adhirieron a la propuesta del primer voto.)
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