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Incidente Nº 1 - ACTOR: RUIZ, LIDIA ESTELA DEMANDADO: ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/INC APELACION

Amparo por mora promovido contra ANSES por Lidia Estela Ruiz; la Cámara Federal de Mendoza, Sala B, hizo lugar a la apelación relativa a la regulación de honorarios y modificó la condena en ese punto, fijando los honorarios del representante de la actora en 7 UMA ($482.895) y sin costas. La Cámara fundamentó la modificación en la aplicación del último párrafo del art. 44 de la ley 27.423 y en la naturaleza sin monto del proceso.

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¿Quién es el actor?

RUIZ, Lidia Estela.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: acción de amparo por mora en la administración; litigio sobre regulación de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación de la actora y se modificó el punto tercero del resolutivo de primera instancia para regular los honorarios del Dr. Horacio Sebastián Peñafiel en 7 UMA (equivalente a $482.895 según Res SGA 580/2025), con actualización al valor de UMA vigente al momento del pago; sin costas.
- Fundamentos principales (textos transcritos): "El amparo por mora es un tipo especial de acción, regulado en la LNPA que difiere del amparo general contemplado en la Ley N° 16.986 y en el artículo 43 de la Constitución Nacional." "Tratándose una acción de amparo por mora contemplada específicamente en el art. 28 de la ley N° 19.549, es de aplicación el Art. 44 último párrafo ley N° 27.423, que trata la regulación de honorarios en acciones y peticiones de naturaleza administrativa." "Así, el presente se trata de un proceso que no es susceptible de apreciación pecuniaria y que el art. 44 último párrafo de la ley N° 27.423 establece: 'La interposición de acciones y peticiones de naturaleza administrativa seguirá las siguientes reglas:….En los casos en que los asuntos no sean susceptibles de apreciación pecuniaria la regulación no será inferior a siete (7) o cinco (5) UMA, según se trate del ejercicio de acciones contencioso administrativas o actuaciones administrativas, respectivamente'." "Atento a esto, y a una correcta interpretación de la norma, corresponde hace lugar al recurso de apelación de la actora, y regular en 7 UMA los honorarios del Dr. Horacio Sebastián Peñafiel por su actuación en primera instancia, en el doble carácter." Respecto de las costas: "En el presente caso, atento a que se han apelado los honorarios por altos, debe aplicarse el criterio precedentemente señalado... En el presente caso, atento a que se han apelado los honorarios por altos, debe aplicarse el criterio precedentemente señalado." (la Cámara concluye) "2°. Sin costas."
- Votos: El Dr. Manuel Alberto Pizarro expuso el voto que hace lugar al recurso; los Dres. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios y Juan Ignacio Pérez Curci adhirieron a ese voto. No hubo disidencia.

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