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DEL RIO, MIRIAM CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó Miriam Cristina Del Rio contra ANSES por reajustes de haberes previsionales y cuestión de inconstitucionalidad de normas emergentes. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada, adhiriendo a precedentes de la Corte y a la doctrina aplicable.

Seguridad social Reajustes previsionales Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Isbic Elliff Impuesto a las ganancias Anses Recurso de apelacion


¿Quién es el actor?

DEL RIO, MIRIAM CRISTINA.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo impugnación de normas dictadas en el marco de la emergencia (cuestión de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y discusión sobre aplicación de índices de actualización, retenciones por impuesto a las ganancias, recálculo de haberes iniciales, y demás puntos relativos al método de actualización).

¿Qué se resolvió?

La Cámara NO HIZO LUGAR al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, CONFIRMÓ la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada perdidosa. No se regularon honorarios por la falta de intervención de la letrada de la actora y conforme al art. 2 de la Ley 27.423 respecto de la letrada de la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La queja del demandado condensa los mismos argumentos que en su contestación de demanda y son rechazados en esta instancia por adhesión al fallo al que remite el juez y que esta segunda instancia viene repitiendo en idénticas causas... Por ello, por cuestiones de economía procesal y a fin de no ser reiterativo, es que corresponde adherir sin más, en su totalidad a la sentencia de primera instancia." "En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por no verificarse la existencia de circunstancias excepcionales exigida por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional para su validez, y, por ende, reafirmó la plena vigencia del artículo 36 de la ley Nº 27.423, que establece: 'En las causas de seguridad social los honorarios se regularán sobre el monto de las prestaciones debidas. Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación...'" "De lo expuesto se desprende que los lineamientos desarrollados (que fueron convalidados por el Alto Tribunal en el precedente 'Makler', tienen plena vigencia para la aplicación de los artículos 24 inc. b) que obliga a considerar la totalidad de las cotizaciones ingresadas y 30 de la Ley 24.241 y sus modificatorias..."
- Votos: El Dr. Juan Ignacio Pérez Curci redactó el voto que resolvió la cuestión; los Dres. Gustavo Castiñeira de Dios y Manuel Pizarro adhieren. No se registran votos en disidencia.

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