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ARGUELLES, JOSE LUIS c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes previsionales por parte actora contra ANSES. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente a la apelación de ANSES y modificó la sentencia ordenando recalcular el haber inicial aplicando el ISBIC hasta el 01/03/2009, luego el mecanismo del art. 2 de la Ley 26.417 y desde 01/03/2018 la fórmula de la Ley 27.426 hasta la adquisición del derecho; confirmó el resto, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso costas a ANSES.

Reajustes previsionales Anses Isbic Ley 26.417 Ley 27.426 Pbu Impuestos a las ganancias Dnu 157/2018 inconstitucional Topes ley 24.463 Art. 25 ley 24.241


¿Quién es el actor?

ARGUELLES, JOSE LUIS.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios —redeterminación del haber inicial jubilatorio y actualización de haberes (PBU y otros componentes), impugnación de normas y topes (arts. 9 Ley 24.463, art. 25 Ley 24.241, art. 2 Ley 27.426), y tratamiento de impuesto a las ganancias sobre retroactivos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES y modificó la sentencia de primera instancia en los puntos señalados: ordenó que ANSES determine el haber inicial aplicando el I.S.B.I.C. (promedio general no calificado) hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 (01/03/2009), luego aplique el mecanismo previsto en el art. 2 de la Ley 26.417 y desde el 01/03/2018 calcule con la fórmula de la Ley 27.426 hasta la fecha de adquisición del derecho (19/07/2018); no corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 respecto de la fecha de adquisición del beneficio; ordenó la inaplicabilidad del art. 9 de la Ley 24.463 en la medida en que la liquidación arroje una diferencia que supere el 15% y rechazó la inconstitucionalidad del art. 25 de la Ley 24.241; confirmó el resto de la sentencia de primera instancia; declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes de la sentencia): 1) “Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos ‘Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios’ (Fallos 332: 1914), hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417 (01/03/2009), fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de esta ley, y luego, desde el 01/03/2018 se deberá calcular con la fórmula que prevé la Ley 27.426 hasta la fecha de adquisición del derecho (19/07/2018).” 2) “Entiendo que el retroactivo, que comprende justamente la actualización monetaria de los montos del haber –capital inicial e intereses–, conforma y comparte la naturaleza del mismo... se encontraría, por evidente especificidad de la norma, exento.” 3) “Que en tales condiciones, la declaración de inconstitucionalidad del art. 25 de la ley 24241 aparece desprovista de sustento fáctico y basada en argumentos que no guardan relación con los hechos de la causa, por lo que corresponde su revocación” (cita a Fallos 340:411 y doctrinas aplicadas).
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; los tres jueces firmaron el acuerdo y dos votos adhieren al voto principal.

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