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VELARDEZ, JAVIER ROBERTO c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

El actor demandó a ANSES solicitando la integración del haber de pensión por fallecimiento hasta alcanzar el haber mínimo garantizado. La Cámara Federal de Mendoza rechazó el recurso de apelación de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, declaró inconstitucional el DNU 157/2018, ordenó imponer las costas a la vencida y reguló honorarios de alzada en un 30%.

Velardez Anses Pension por fallecimiento Renta vitalicia previsional Haber minimo garantizado Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Costas a la vencida Honorarios 30% Seguridad social Igualdad (art. 14 bis cn)


¿Quién es el actor?

Velardez, Javier Roberto.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Impugnación de resolución denegatoria y pedido de integración/reajuste del haber de pensión por fallecimiento para que alcance el haber mínimo garantizado; exclusión por ser beneficio liquidado bajo renta vitalicia previsional (régimen de capitalización).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo de la actora; se declaró la inconstitucionalidad del DNU 157/2018; se impusieron las costas a la vencida (art. 36, ley 27.423) y se regularon honorarios de alzada en un 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que conforme lo expuesto, los afiliados del Régimen de Capitalización que no perciben componente público – como en el caso de la actora
- quedan excluidos de la normativa citada, produciéndose una fulminante desigualdad que, a mi atender, vulnera claramente el artículo 14 bis de la Constitución Nacional." "Que, concluyendo en el Considerando 17, el Alto Tribunal expresó: 'Que en tales condiciones, toda vez que no resulta razonable privar al actor del mínimo de ingresos garantizado por el Estado Nacional al resto de los pasivos comprendidos en el sistema único de jubilaciones, corresponde reconocer su derecho a percibir de la ANSES las sumas necesarias para que su prestación alcance dicho mínimo vital'. (CSJN Etchart, Fernando Martin c. ANSeS” Expte. CSJ 261/2012)." "Por lo antedicho, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, por los argumentos dados por la CSJN, en el precedente 'Morales' e imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)."
- Disidencias: No consta disidencia; los votos firmantes adhieren y el pronunciamiento culmina en el bloque dispositvo transcripto.

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